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Ordenanza Resolución 05-2025 DIGEMASP Guía de Inspección de Buenas Prácticas de Manufacturas (BPM)




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f/A )

GOBiERNO OE  LA

REPÚBLICA DOMINICANA


DlGEMAPS


DIRECCION GENERAL DE MEDICAMENTOS,ALIMENTOS Y PRODUCTOS SANITARIOS



Resolución Núm. 05/2025,que aprueba la Guía de Inspección de Buenas Prácticas de Manufacturas (BPM) basada en los Informes Técnicos 32 y 37 de la Organización Mundialde la Salud (OMS) para las preparaciones farmacéuticas y la Red Panamericana para la Armonización delReglamento Farmacéutico (RED PARF).


La DIRECCIÓN GENERAL DE MEDICAMENTOS, AUMENTOS Y PRODUCTOS SANITARIOS (DIGEMAPS)  órgano creado mediante el Decreto No. 82-15 de fecha 06 del mes de abril del año 2015 y desconcentrado funcional, administrativa y financieramente del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social mediante el Decreto 231-

23 de fecha os de junio del año 2023, titular  del número del registro  nacional de contribuyente No. 4-30-

38247-7, con  su domicilio y asiento  social en la av. Dr. Héctor  Homero Hernández, esq. av. Tiradentes, ensanche La Fe, Santo Domingo  República Dominicana; debidamente representado por su director general, LCDO. LEANDRO JOSÉ VILlANUEVA ACEBAL, dominicano,mayor de edad,titular de la cédula de identidad y electoral  No. , domiciliado y residente  en esta ciudad de Santo Domingo, Distrito  Nacional, República Dominicana.


CONSIDERANDO:Que los Ministerio de Estados podrán dictar disposiciones y reglamentaciones sobre los servicios  a su cargo, de carácter  interno, siempre que  no  coliden con  la Constitución, las leyes, los reglamentos o las instrucciones de Poder Ejecutivo.


CONSIDERANDO: Que  fa regulación es un proceso  permanente de  formulación y actualización de  las normas,así como de su aplicación por la vía del control y la evaluación de la estructura,de los procesos y de los resultados, en áreas de importancia estratégica, como  políticas, planes  y programas, servicios, calidad de la atención, económica, financiamiento e inversiones de salud,así  como  el desarrollo de la investigación científica de los recursos humanos  y tecnológicos.


CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Salud Pública a través de la Dirección General de Medicamentos, Alimentos y Productos Sanitarios es la responsable de la regulación de la fabricación, elaboración,control de calidad, suministro, circulación, distribución, comercialización, información, publicidad, importación, almacenamiento, dispensación, evaluación,  registro  y  donación de  los  medicamentos, cosméticos, productos de higiene y sanitarios.



CONSIDERANDO:Que los productos nacionales e internacionales delnivel público y privado,deben asumir con rigurosa responsabilidad el cumplimiento de las normas de buenas prácticas de manufactura.


CONSIDERANDO: Que el artículo 114 de la ley general de salud establece  que el MISPAS a través  de la DIGEMAPS debe garantizar que toda la población tenga acceso a medicamentos seguros,efectivos,de alta calidad y que se fabriquen siguiendo buenas  prácticas. Esto busca lograr  el mejor  efecto  en la salud al menor  costo   posible,   lo   anterior  en   conjunta  a  establecer    procedimientos  de   aprobación de medicamentos que  aseguren  su eficacia, tolerancia, pureza, estabilidad y  la

cumpliendo con las normas y regulaciones establecidas.



CONSIDERANDO: Que  el artículo 144  del Reglamento  de  Medicamentos de  la Repúbli establece que los establecimientos farmacéuticos fabricantes deberán cumplir con lasco

 




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f/A. )

GOBIERNO DE LA

REPÚBLICA DOMINICANA


DIGEMAPS



técnicas relacionadas con  las buenas prácticas de manufacturas (BMP) para asegurar y garantizar la calidad

de sus procesos y productos.



CONSIDERANDO: Que el MISPAS extendió el plazo de cumplimiento a través de las Resoluciones Núm.

0004-2022 de fecha 26 de enero  de 2022 y la Núm. 00026 de fecha 3 de agosto  de 2020, otorgando prorrogas a los fines de implementar el contenido de los mencionados informes y la guía de verificación de  las  buenas   prácticas   de  manufacturas  de  medicamentos  de  la  RedParf  para  los  laboratorios farmacéuticos nacionales.


CONSIDERANDO: Que  tomando en cuenta  las resoluciones emitidas Núm.  0004-2022 de fecha  26 de enero de 2022 y la Núm. 00026 de fecha 3 de agosto de 2020,los plazos agotados, resulta  ser necesario emitir de manera  formal el uso de la Guía de Inspección de Buenas Prácticas  de Manufacturas (BPM) basada  en  los  Informes Técnicos  32  y 37  de  la Organización Mundial de  la  Salud  (OMS)  para  las preparaciones farmacéuticas y la Red Panamericana para la Armonización de la Reglamento Farmacéutica (RED PARF).


VISTA:La Constitución de la República Dominicana.



VISTA:La Ley General de Salud,No. 42-01, deiS de marzo de 2001y sus reglamentos de aplicación.



VISTA: Las Normas  de  Buenas  Prácticas  de  Manufacturas, Resolución  Núm.  030100 de  fecha  14  de noviembre de 2020.


VISTA:La resolución Núm. 000021de fecha S de agosto de 2016, que adopta  los informes técnicos 32 y

37 de la OMS para las preparaciones farmacéuticas y la gufa de verificación de las buenas  prácticas  de manufacturas de medicamentos de la RedParf.


VISTA:La resolución Núm.000001de fecha 23 de enero de 2018,que modifica la resolución Núm.000021, que adopta  los informes técnicos  32 y 37 de la OMS para las preparaciones farmacéuticas y la guía de verificación de las buenas prácticas de manufacturas de medicamentos de la RedParf.


VISTA:La resolución Núm.000026 de fecha 3 de agosto de 2020,que modifica y extiende el plazo otorgado mediante la Resolución Núm.000001de fecha 23 de enero de 2018,para las preparaciones farmacéuticas y la guía de verificación de las buenas prácticas de manufacturas de medicamentos de la RedParf.


VISTO: EL Decreto  231-23,que otorga la condición de órgano desconcentrado del Ministerio de Salud

Pública a la Dirección General de Medicamentos,Alimentos y Productos Sanitarios {DIGEMAPS), de fecha

05 de junio de 2023.

 





 

GOBIERNO DE LA

REPÚBLICA DOMINICANA


DIGEMAPS



VISTA: La Ley  107-13, Ley  de Derechos y Deberes de  las  Personas en Relación con la  Administración

Pública,de fecha 06 de agosto del año 2013.



VISTA:La Ley 247-12,Ley General de Administración Pública,de fecha 09 de agosto del 2012.



En tal sentido,y vistas las disposiciones anteriormente citadas, esta Díreccíón General de Medicamentos, Alimentos y Productos sanitarios (DIGEMAPS), dicta la siguiente resolución:




RESUELVE:



PRIMERO:APROBAR el uso de la Guía de Inspección de Buenas Prácticas de Manufacturas (BPM) basada en los Informes Técnicos 32 y 37 de la Organización Mundial de la Salud (OMS) para las preparaciones farmacéuticas y la Red Panamericana  para la Armonización de la Reglamento Farmacéutica (RED PARF).


SEGUNDO: La presente  Resolución entrará  en vigor  a partir de su firma  por  la máxima  autoridad de la

Dirección General de Medicamentos,Alimentos y Productos Sanitarios.



TERCERO: ORDENAR la publicación de la presente  resolución  en el portal web de la Dirección  General de

Medicamentos,Alimentos y Productos Sanitarios.



DADA, FIRMADA Y SELLADA  en Santo  Domingo  de Guzmán, Distrito  Nacional, Capital de  la República

Domínicana, a los ((o} días delmes de mayo del año dos mil veinticinco  (2025).














LVA/mrt


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