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Manual de Procedimientos para las Instituciones Educativas Privadas (sept. 2022)

Viceministerio de Supervisión y Control de la Calidad de la Educación

Dirección de Acreditación de Centros Educativos

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS PRIVADAS EN LA REPÚBLICA DOMINICANA

Santo Domingo, septiembre de 2022

VICEMINISTERIO DE SUPERVISIÓN Y CONTROL DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN

DIRECCIÓN DE ACREDITACIÓN DE CENTROS EDUCATIVOS

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS PRIVADAS

EN LA REPÚBLICA DOMINICANA

Santo Domingo, septiembre de 2022

AUTORIDADES

Luis Abinader

Presidente de la República

Raquel Peña

Vicepresidenta de la República

Ángel Hernández Castillo

Ministro de Educación

Ancell Scheker Mendoza

Viceministra de Servicios Técnicos y Pedagógicos

Julio Cordero Espaillat

Viceministro de Gestión Administrativa

Ramón Rolando Reyes Luna

Viceministro de Planificación y Desarrollo Educativo

Oscar Amargós

Viceministro de Supervisión y Control de la Calidad de la

Educación

Ligia Jeanette Pérez Peña

Viceministra de Descentralización y Participación

Francisco Germán D' Oleo

Viceministro de Acreditación y Certificación Docente

VICEMINISTERIO DE SUPERVISIÓN Y CONTROL DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN DIRECCIÓN DE ACREDITACIÓN DE CENTROS EDUCATIVOS

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS PRIVADAS EN LA REPÚBLICA DOMINICANA

Susana María Michel Hernández

Directora de Acreditación de Centros Educativos (DACE)

Equipo técnico de la Dirección de Acreditación de Centros Educativos:

Ángel Ulerio Peña Miguel Lucas Cordero Juana Sánchez Cabral Elsa Romano

Katia Álvarez Cristian Apataño Mirian García Leonor Hernández Daisy Gross

María Mena Alexandra Mora Percio Gerardo Celeste Abreu Carmen Reynoso Israely Aquino

Edición: Miguel Ángel Moreno

Diseño y diagramación: Maia Terreno Villamán

Santo Domingo, septiembre de 2022

ÍNDICE

Presentación ........................................................................................................................................................ 5

Naturaleza orgánica de la Dirección de Acreditación de Centros Educativos ............... 6

1. Procedimientos regulados para el funcionamiento institucional de un centro educativo privado .................................................................................................................................. 7

1.1 Evaluación para apertura y posterior reconocimiento .................................................. 7

1.2 Evaluación para acreditación  .................................................................................................. 11

1.3 Evaluación periódica del desempeño ..................................................................................14

2. Procedimientos regulados para registrar cambios en un centro

educativo privado ................................................................................................................................15

2.1 Cambio de director (a) docente .........................................................................................15

2.2  Cambio de secretario (a) docente .....................................................................................16

2.3  Cambio de nombre de la institución .................................................................................. 17

Notas acerca del procedimiento de cambio de nombre .........................................18

2.4 &DPELR GH GLUHFFLyQ JHRJUi²FD ..........................................................................................18

3.  Procedimiento regulado para el cierre de un centro educativo privado .............. 20

3.1 Cierre por voluntad de sus propietarios ........................................................................... 20

3.2 Cierre por disposición del Ministerio de Educación...................................................... 21

3.3 Cierre por disposición de sentencia judicial ....................................................................22

4.  Mediaciones y procedimientos regulados por el sistema educativo dominicano para la convivencia armoniosa en los centros educativos

públicos y privados..............................................................................................................................22

5.  ANEXOS

5.1 Lista de las principales normativas públicas de referencia

para el funcionamiento de los centros educativos privados ................................24

5.2 Formulario para evaluar los aspectos generales del desempeño

de un centro educativo privado. ......................................................................................31

Presentación

La Dirección de Acreditación de Centros Educativos (DACE) pone a disposición de OD FRPXQLGDG HGXFDWLYD QDFLRQDO HO SUHVHQWH 0DQXDO GH 3URFHGLPLHQWRV FRQ HO ²Q GH orientar el accionar de las instituciones educativas privadas desde los lineamientos establecidos por el Ministerio de Educación de la República Dominicana (MINERD).

Como conjunto de pasos ordenados, estos procedimientos ofrecen información precisa para una actuación clara y segura de los interesados en los siguientes casos:

a) Funcionamiento institucional de un centro educativo privado.

b) Registro de cambios en un centro educativo privado.

c) Cierre de un centro educativo privado.

Adicionalmente, el presente manual contiene informaciones relevantes sobre las situaciones reguladas por las normas del Sistema Educativo Dominicano para la convivencia armoniosa en los centros educativos públicos y privados. Por último, ofrece una relación básica sobre las principales normativas públicas de referencia para el funcionamiento de los centros educativos privados.

Mediante esta recopilación de los procedimientos pautados por las normativas educativas vigentes, reconocemos el derecho de los ciudadanos que desean conocer informaciones de su interés relacionadas con los procedimientos y las normativas que tributan a la calidad de la gestión de los centros educativos privados.

Finalmente, el contenido de este manual constituye un apoyo explícito a la labor de DFRPSDxDPLHQWR \ VXSHUYLVLyQ GHO SHUVRQDO WpFQLFR GRFHQWH GHO 0,1(5', FRQ OD ²QDOLGDG GH VLPSOL²FDU VX YDOLRVD WDUHD, HQ HO PDUFR GH OD FRPSOHMLGDG FUHFLHQWH TXH QRV LPSRQH una gestión basada en estándares.

Agradecemos la atención a esta publicación, el seguimiento a sus orientaciones y la FRQ²DQ]D HQ OD '$&( SDUD FRQWLQXDU UHFLELHQGR OD RSRUWXQD UHWURDOLPHQWDFLyQ GH ORV FHQWURV HGXFDWLYRV SULYDGRV FRQ HO ²Q GH DVHJXUDU QXHVWUD PHMRUD FRQWLQXD.

Naturaleza orgánica de la Dirección de Acreditación de Centros

Educativos

De acuerdo con el artículo 14, literal c, del Decreto 645-12, que establece el Reglamento

Orgánico del Ministerio de Educación (MINERD), la Dirección de Acreditación de

&HQWURV (GXFDWLYRV ('$&(), FRPR GHSHQGHQFLD GH OD 2²FLQD 1DFLRQDO GH 6XSHUYLVLyQ, evaluación y control de la calidad, “HV OD LQVWDQFLD UHVSRQVDEOH GH DFUHGLWDU \ FHUWL²FDU los centros educativos públicos y privados, de acuerdo con las normas, estándares y parámetros establecidos”.

En el caso de la educación privada, la DACE se rige por las disposiciones de la Ordenanza

4-2000, que establece el Reglamento de las Instituciones Educativas Privadas, el cual LGHQWL²FD D HVWDV HQ VX DUWtFXOR 1, FRPR DTXHOODV TXH LPSDUWHQ GRFHQFLD HQ FHQWURV educativos ©FX\D JHVWLyQ HV FRQGXFLGD \ ²QDQFLDGD SRU HO VHFWRU SULYDGRª.

En su artículo 3, la Ordenanza 4-2000 recuerda que las instituciones educativas privadas se rigen por la Ley General de Educación 66-97 y sus principios. Por tanto, se asume que:

z el derecho a fundar centros educativos privados conlleva el deber de aceptar la supervisión del Minerd (art. 3, lit. a, Ordenanza 4-2000).

z los centros educativos privados, como organismos que colaboran con el Estado SDUD SURSRUFLRQDU HGXFDFLyQ HQ FDOLGDG \ FDQWLGDG VX²FLHQWHV, GHEHQ UHFLELU DSR\R \ FRODERUDFLyQ GH ODV LQVWDQFLDV R²FLDOHV (DUW. 3, OLW. E, 2UGHQDQ]D 4-2000).

z los centros educativos privados, aun cuando reciben remuneración por los usuarios de sus servicios, son de carácter social, y sus emolumentos deben UH³HMDU GLFKR FDUiFWHU (DUW. 3, OLW. F, 2UGHQDQ]D 4-2000).

De acuerdo con los propósitos de la Ordenanza 04-2000 (art. 4), el Reglamento de las Instituciones Educativas Privadas representa el marco legal que pauta la participación de los centros educativos privados en el sistema educativo, así como las políticas y procedimientos para su apertura, funcionamiento y evaluación. Igualmente, el citado reglamento pauta las estrategias para el seguimiento al desarrollo administrativo y curricular de los centros privados, para promover su vinculación con  la comunidad, y para contribuir a la mejora de sus servicios educativos.

Como alcance de esta normativa,

el reglamento abarca a todas las Instituciones Educativas Privadas, a nivel nacional, que imparten educación formal y no formal en los niveles Inicial, Básico y Medio; Subsistemas de Educación Especial y de Educación de Adultos, y aquellas que prestan servicios a través de academias e institutos en sus diferentes modalidades, a excepción de los centros de Nivel Superior (art. 5, Ordenanza 4-2000).

A partir de este alcance, el artículo 6 de la Ordenanza 4-2000 establece que “las LQVWLWXFLRQHV HGXFDWLYDV SULYDGDV VH FODVL²FDQ HQ UHFRQRFLGDV \ DFUHGLWDGDVª, de acuerdo con los procedimientos y criterios que la misma normativa regula, y que se describen en este manual.

1. Procedimientos regulados para el funcionamiento institucional de un centro educativo privado

1.1 Evaluación para apertura y posterior reconocimiento

Según el artículo 7 de la Ordenanza 4-2000, las instituciones educativas privadas reconocidas son aquellas que al iniciar sus actividades en uno o más de los niveles y modalidades del sistema educativo, han solicitado y recibido la correspondiente autorización del Minerd para operar bajo su asesoría, porque cumplen con los requisitos establecidos en dicha ordenanza (capítulo V).

FASES DEL PROCEDIMIENTO PARA LA APERTURA

9 Solicitar permiso por escrito a la Dirección de Acreditación de Centros Educativos, vía el distrito educativo correspondiente, durante el año escolar anterior al de autorización de inicio de labores. Dicha solicitud debe acompañarse del ideario de FHQWUR, HO SHUtRGR \ KRUDULR GH VHUYLFLRV, DVt FRPR HVSHFL²FDFLyQ GHO QLYHO R QLYHOHV que impartirá, y dentro de estos, las modalidades de lugar (art. 14, Ord. 4-2000).

9 El distrito educativo enviará a la institución que solicita autorización de apertura a un equipo técnico que evaluará sus condiciones iniciales y entregará al director del distrito el informe de lugar. Este enviará, vía la Dirección Regional, el expediente de la institución a la DACE, con los resultados de la evaluación llevada a cabo y su opinión al respecto (art. 16, Ord. 4-2000).

9 El expediente que remitirá el distrito educativo a la DACE, deberá contener los siguientes documentos:

a) Carta de solicitud de apertura por parte del centro educativo.

b) Formulario de evaluación de los aspectos generales del desempeño institucional de un centro educativo privado.

c) Copia del informe de resultados de la evaluación que realizó el equipo técnico distrital.

d) Ficha de Apertura y Asignación de Código de Planteles y Centros Educativos

(SIGERD).

e) Proyecto Educativo de Centro (PEC).

f) &HUWL²FDGR GH QRPEUH FRPHUFLDO, H[SHGLGR SRU OD 2²FLQD 1DFLRQDO GH OD

Propiedad Industrial (ONAPI).

g) &HUWL²FDGR R FDUWD GH QR REMHFLyQ DO XVR GH VXHOR, H[SHGLGR SRU OD $OFDOGtD

correspondiente.

9 En caso de que la evaluación de las condiciones iniciales del centro no estuviera acorde con lo establecido en las normativas, dentro de los 30 días calendario VLJXLHQWHV DO ²Q GH HVWD, HO GLUHFWRU GHO GLVWULWR HGXFDWLYR LQIRUPDUi SRU HVFULWR a la institución sobre dichos resultados evaluativos, precisando que no reúne los requisitos mínimos, y que no puede por ello ofertar sus servicios (art. 17, Ord.

4-2000).

'LFKD FRPXQLFDFLyQ HVSHFL²FDUi ODV FRQGLFLRQHV SRU ODV FXDOHV IXH UHFKD]DGD OD solicitud, así como la oportunidad, una vez superadas estas, de volver a solicitar la apertura, dentro del plazo anteriormente indicado.

9 El(la) titular de la Dirección de Acreditación de Centros Educativos, de acuerdo con el informe del distrito educativo, emitirá la autorización para inicio de labores a la institución que evidencie dichas condiciones, comunicándoselo oportunamente por escrito. De igual manera se registrará la nueva institución educativa privada en el Sistema de Información para la Gestión Escolar de la República Dominicana (SIGERD).

FASES DEL PROCEDIMIENTO PARA EL RECONOCIMIENTO

9 Aquellos centros autorizados para iniciar labores podrán solicitar su reconocimiento entre el 10 de enero y el 10 de abril, a partir del año en que inician sus operaciones, y ser evaluados mediante los formularios elaborados por la DACE, según los niveles y modalidades que impartan, en las siguientes GLPHQVLRQHV: 3ODQWD ItVLFD 3ODQL²FDFLyQ, RUJDQL]DFLyQ \ FRQWURO *HVWLyQ pedagógica; Mobiliario y equipos; Participación y liderazgo.

9 A las instituciones educativas que no alcancen los requisitos mínimos establecidos HQ OD 2UGHQDQ]D 4-2000 UHODWLYRV D OD HYDOXDFLyQ SDUD ²QHV GH UHFRQRFLPLHQWR, se les establecerá un plan de mejora, indicando las debilidades presentadas por la institución al momento de la evaluación, pudiendo solicitar nuevamente ser HYDOXDGDV SDUD ²QHV GH UHFRQRFLPLHQWR.

9 El Ministro de Educación, como presidente del Consejo Nacional de Educación, de acuerdo con el informe del distrito educativo y la opinión de la DACE, emitirá la FHUWL²FDFLyQ TXH DVLJQDUi OD FDOL²FDFLyQ GH 5HFRQRFLGD D OD LQVWLWXFLyQ HGXFDWLYD que haya cumplido con los requisitos establecidos en la ordenanza que rige el funcionamiento de las instituciones educativas privadas.

REQUISITOS DE APROBACIÓN PARA RECONOCIMIENTO

DUW. \ RWURVs 2UG. 2000

Filosofía Institucional y Marcos Normativos

Cuenta con un ideario que establece con claridad la visión que orienta su quehacer y la misión a cumplir.

Posee los documentos del currículo vigente, incluyendo el sistema de evaluación, así como la Ley General de Educación 66´97.

'LVSRQH GHO &HUWL²FDGR GH 5HJLVWUR GH 1RPEUH &RPHUFLDO, H[SHGLGR SRU OD 2²FLQD

Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI).

Condiciones Logísticas

Cuenta con una ubicación física adecuada y libre de posibles FRQ³LFWRV OHJDOHV FRQ OD FRPXQLGDG donde está ubicada o desea ubicarse (art. 18, párrafo, Ord. 4-2000).

Cuenta con una estructura física acorde con las normas básicas de construcción, así como los criterios de la Dirección General GH (GL²FDFLRQHV (VFRODUHV SDUD

instalaciones, áreas de esparcimiento y mobiliario, según los niveles y modalidades que ofrecerá el centro, el currículo que impartirá y su número de estudiantes (art. 19, Ord.

4-2000).

Tiene biblioteca.

Posee área para recreación y deportes.

Cuenta con instalaciones sanitarias separadas según sexo.

Posee dependencias administrativas indispensables (dirección, secretaría, otras).

Tiene dotación de agua potable.

Dispone del mobiliario indispensable.

Dispone de materiales educativos básicos, según los servicios que oferta.

Cuenta con el tipo y la cantidad indispensable de equipos y materiales didácticos de Ciencias, Informática

y/o demás áreas curriculares, así como con el mobiliario, instalaciones y áreas ItVLFDV UHJLGDV SRU FULWHULRV HVSHFt²FRV de las direcciones generales de Currículo y de Informática, según los niveles y modalidades que ofrecerá el centro, el currículo que impartirá y su número de estudiantes (art. 19, Ord.

4-2000).

Personal Docente

Al menos el 80% del personal docente posee título en Educación y el 20% restante estudiante de término de la carrera.

En el caso de aquellos profesores de Formación Integral, Humana y Religiosa, Educación Artística, Educación Física, Lenguas Extranjeras e Informática, que no posean título docente, deberán realizar un curso para su habilitación docente en una universidad reconocida por el Estado (art. 15, Ord. 4-2000).

12 | Manual de Procedimientos

Otras Condiciones

Proyecto Educativo de Centro (PEC) actualizado (si aplica), que incluya el enfoque pedagógico del centro educativo.

Laboratorios de Ciencias e Informática, para los centros educativos que impartirán el Nivel Secundario.

Fases del procedimiento de apertura y posterior reconocimiento de las instituciones educativas privadas que desempeñan sus labores docentes utilizando un plan de estudios diferente al oficial y en un idioma que no es el español.

Las instituciones educativas privadas que desempeñen sus labores docentes, XWLOL]DQGR XQ SODQ GH HVWXGLRV GLIHUHQWH DO R²FLDO \ HQ XQ LGLRPD TXH QR HV HO español, deben:

a. &XPSOLU FRQ ORV UHTXLVLWRV HVWDEOHFLGRV HQ HO SUHVHQWH PDQXDO SDUD ²QHV GH

apertura y posterior reconocimiento.

b. &RQWDU FRQ XQD FHUWL²FDFLyQ GH DFUHGLWDFLyQ R UHFRQRFLPLHQWR, H[WHQGLGD por las autoridades del país de procedencia, y avalada por la representación diplomática de la República Dominicana en ese país.

c. Depositar dos copias del plan de estudios, traducidas al español, para ser sometido a la consideración de la Dirección General de Currículo y a la Dirección de Acreditación y Titulación de Estudios.

d. Impartir en el Nivel Primario en español, las asignaturas Lengua Española y Ciencias Sociales, en todos los grados, según lo establece el currículo vigente de la República Dominicana.

e. Impartir en el Nivel Secundario en español, las asignaturas Lengua Española y Ciencias Sociales, así como las salidas optativas, según grado y la carga horaria, de conformidad con lo establecido en el currículo vigente de la República Dominicana.

Las instituciones educativas privadas que desarrollen sus labores docentes con HO SODQ GH HVWXGLRV R²FLDO YLJHQWH HQ OD 5HS~EOLFD 'RPLQLFDQD \ HQ XQ LGLRPD que no es el español, deben:

a. &XPSOLU FRQ ORV UHTXLVLWRV HVWDEOHFLGRV HQ HO SUHVHQWH PDQXDO SDUD ²QHV GH

apertura y posterior reconocimiento.

b. Depositar dos copias del plan de estudios, traducidas al español, para ser sometidas a la consideración de la Dirección General de Currículo y a la Dirección de Acreditación y Titulación de Estudios.

1.2 Evaluación para acreditación

Las instituciones educativas privadas acreditadas son aquellas que, al ser evaluadas, estén en la condición de Reconocidas o iniciando sus labores, demuestren que poseen ODV FDUDFWHUtVWLFDV HVSHFL²FDGDV HQ HO DUWtFXOR 8 GH OD 2UGHQDQ]D 4-2000.

FASES DEL PROCEDIMIENTO

9 De acuerdo con el artículo 24 de la Ordenanza 4-2000, toda institución educativa privada reconocida que aspire a obtener su acreditación podrá solicitar una nueva evaluación en cualquier momento a la Dirección de Acreditación de Centros (GXFDWLYRV, FRQ HO SURSyVLWR GH YHUL²FDU VL SXHGH R QR DOFDQ]DU WDO DVSLUDFLyQ, indicando el nivel o niveles, así como modalidad o modalidades que oferta, y el período en el cual labora.

9 Según el artículo 10 de la de la Ordenanza 4-2000, una institución reconocida pasa a ser acreditada cuando es nuevamente evaluada y se prueba que ha logrado las

características señaladas en el artículo 8 de este Reglamento.

9 La acreditación se otorga por nivel educativo, en forma independiente uno del otro.

9 3DUD ODV LQVWLWXFLRQHV UHFRQRFLGDV, OD FDOL²FDFLyQ GH $FUHGLWDGD VHUi HPLWLGD D XQD institución educativa privada por el Ministro de Educación, mediante Resolución canalizada a través de la DACE (art. 13, Ord. 4-2000).

REQUISITOS DE APROBACIÓN PARA LA ACREDITACION DUW. 8s 2UG. 2000

Filosofía Institucional y Marcos Normativos

Tiene un ideario en el que se establece con claridad la visión que orienta su quehacer y la misión a cumplir.

El régimen seguido en las relaciones con estudiantes y profesores está establecido en los estatutos o manuales de convivencia.

Posee todos los documentos que conforman el currículo vigente.

Condiciones Logísticas

Sus locales están bien ubicados y cumplen con las normas básicas de construcción.

Posee dependencias administrativas aceptables en amplitud y número.

El número de aulas se corresponde con la cantidad de grupos, y la amplitud de cada una es adecuada a la cantidad de alumnos.

Posee salón para biblioteca.

Dispone de espacio para Orientación

Educativa.

Tiene salón de actos o de multiuso.

Dispone de área deportiva para la práctica de por lo menos dos deportes.

Tiene área verde.

Dispone de área para cafetería con su equipamiento básico.

Su grado de seguridad evidencia

un área de juegos protegida para el

Nivel Inicial, entre otras medidas de protección.

Existe control de ingreso al local de personas ajenas al centro.

Tiene instalaciones eléctricas.

Dispone de servicio de agua, tanto para limpieza como potable, con VX²FLHQWHV GLVSRVLWLYRV \ GH IiFLO acceso.

Sus instalaciones sanitarias son PRGHUQDV \ VX²FLHQWHV, GH DFXHUGR con la matrícula.

El equipamiento y dotación del centro incluye el mobiliario indispensable

en cada dependencia; laboratorio debidamente instalado de Ciencias e Informática; materiales mínimos para los servicios de Orientación; equipos audiovisuales y materiales didácticos indispensables para

la docencia; disponibilidad en la biblioteca de al menos dos textos de las asignaturas impartidas, así como obras complementarias de consulta para alumnos y profesores, de lectura, diccionarios, entre otros materiales ELEOLRJUi²FRV, DVt FRPR VXVFULSFLyQ D un periódico matutino de circulación nacional.

La dotación incluye además fotocopiadora, teléfono y botiquín con lo indispensable para emergencias médicas.

Personal Docente

(O 100% GH VX SHUVRQDO SRVHH OD WLWXODFLyQ UHTXHULGD, VHJ~Q ODV SROtWLFDV R²FLDOHV

establecidas.

Gestión Pedagógica y Administrativa

En el Nivel Inicial el número de alumnos se corresponde con lo establecido en el artículo 40 de la Ordenanza 4-2000, y en los niveles Primario y Secundario con lo que se consigna en el artículo 41 de dicha ordenanza.

3RVHH 3ODQ $QXDO GH DFWLYLGDGHV \ SODQL²FDFLyQ GLGiFWLFD GH FDGD GRFHQWH.

Las informaciones sobre los alumnos y el personal están actualizadas y debidamente registradas.

Su funcionamiento se ajusta a lo establecido en el currículo vigente, utilizando al máximo, en su labor docente y administrativa, todos los recursos que posee.

El personal del centro trabaja en equipo.

Las observaciones al desarrollo de la docencia y de las funciones administrativas muestran buen nivel en los servicios que presta.

El centro cumple con el horario de trabajo que corresponde al nivel o niveles en que labora y al currículo que implementa.

6H FRQPHPRUDQ ODV ²HVWDV SDWULDV, SDUWLFLSDQGR DVt PLVPR HQ DFWLYLGDGHV TXH

celebra la comunidad local.

Organismos de Participación

Los alumnos participan en el Consejo de Curso, Consejo Estudiantil, Comités de

Trabajo y Asamblea Estudiantil.

Los docentes participan en la Asamblea de Profesores.

Los representantes de las familias participan en la Sociedad de Padres, Madres, Tutores y Amigos de la institución.

La comunidad educativa como un todo participa en la Asamblea General.

Otras Condiciones

Laboratorios de Ciencias e Informática completamente equipados para los centros educativos que imparten el Nivel Secundario.

1.3. Evaluación periódica del desempeño

De acuerdo con el artículo 15 de la Ley General de Educación, “el Estado ejercerá VXSHUYLVLyQ GH ORV FHQWURV HGXFDWLYRV SULYDGRV GHQWUR GH ORV WpUPLQRV TXH VH ²MHQ HQ HO RUGHQDPLHQWR MXUtGLFR. /DV QRUPDV TXH VH GLFWHQ SDUD ODV LQVWLWXFLRQHV HGXFDWLYDV privadas nunca deberán establecer exigencias superiores a las que rijan para las instituciones públicas”.

Adicionalmente, la Ordenanza 4-2000, establece en su artículo 12 que “todas las Instituciones, Reconocidas y Acreditadas, estarán bajo la supervisión y asistencia técnica del distrito educativo del cual dependan” y coordinadas por la DACE y las direcciones generales de los niveles y modalidades correspondientes.

(Q IXQFLyQ GH HVWH PDQGDWR OHJDO, \ VHJ~Q OR HVSHFL²FDGR HQ OD 2UGHQDQ]D 4-2000, HO Minerd, a través de la DACE y de los distritos escolares, “supervisará las actividades de las instituciones educativas privadas” (art. 71, Ord. 4-2000), de la siguiente forma:

z Esta supervisión “será periódica y se llevará a cabo como una labor de asesoría”. A WDO ²Q, OD '$&(, ©a través de los Distritos Educativos, orientará y apoyará la gestión docente y administrativa de las instituciones educativas privadas, con el propósito de velar por el buen desarrollo de todos los procesos implicados y promover la calidad de la Educación” (art. 72, Ord. 4-2000).

z “/D VXSHUYLVLyQ GH OD JHVWLyQ GRFHQWH \ DGPLQLVWUDWLYD VH EDVDUi HQ ORV UHVXOWDGRV GH OD DXWRHYDOXDFLyQ SDUD VX YHUL²FDFLyQ. (Q HVWH VHQWLGRs VX ODERU VH UHDOL]DUi GH DFXHUGR D ORV DVSHFWRV FRQWHPSODGRV HQ ORV DUWtFXORV 67 \ 68s \ FXDOTXLHU otro que los equipos técnicos que la lleven a cabo consideren pertinente incluir por su importancia en el normal desenvolvimiento de la institución” (art. 73, Ord.

4-2000).

$ ²Q GH YLDELOL]DU HO GHVHPSHxR GHO 0,1(5' SDUD SURPRYHU \ VXSHUYLVDU OD FDOLGDG educativa, la DACE cuenta con un formulario para la evaluación del desempeño institucional para todos los niveles educativos, de acuerdo con las siguientes dimensiones:

a  Planta física: evalúa las instalaciones físicas y servicios básicos de que dispone el centro educativo, para el funcionamiento adecuado y de la seguridad de los estudiantes, al igual que la implementación y continuidad con calidad del proceso educativo.

b Planificación, organización y control: evalúa el establecimiento de mecanismos GH SODQL²FDFLyQ, RUGHQDPLHQWR \ FRQWURO GHO FHQWUR HGXFDWLYR \ ORV SURFHVRV TXH se desarrollan en el mismo.

c  Gestión pedagógica: evalúa los procesos que regulan el desarrollo curricular a

²Q GH DVHJXUDU OD PHMRUD GH OD SUiFWLFD GRFHQWH \ DSUHQGL]DMHV GH FDOLGDG GH ORV

estudiantes, en todos los niveles, grados y sub sistemas impartidos.

d Mobiliario y equipos: HYDO~D OD GLVSRVLFLyQ, DGHFXDFLyQ, VX²FLHQFLD \ XVR UDFLRQDO del equipamiento y recursos materiales de que dispone la institución para el desarrollo del proceso educativo.

e  Participación y liderazgo: evalúa la participación de los padres, madres, tutores, alumnos y autoridades de la institución en el funcionamiento del centro educativo, para lograr una mejora por medio del esfuerzo conjunto.

En relación con el estatus de reconocimiento o de acreditación recibido por el centro, la DACE “HYDOXDUi FDGD GRV DxRV D ODV LQVWLWXFLRQHV HGXFDWLYDV SULYDGDVs FRQ HO ²Q GH GHWHUPLQDU VL PDQWLHQH OD FODVL²FDFLyQ REWHQLGDs VL KDQ HOHYDGR VX QLYHOs R VL KDQ SHUGLGR FRQGLFLRQHVs FRQ HO ²Q GH WRPDU ODV GHFLVLRQHV GH OXJDU” (art. 23, Ord. 4-2000).

En este sentido, la Ordenanza 4-2000 establece igualmente que “tanto las instituciones Reconocidas como las Acreditadas podrían perder su condición si dejan de mantener las características que le permitieron adquirirla” (art. 11, Ord. 4-2000).

2. Procedimientos regulados para registrar cambios en un centro educativo privado

2.1 Cambio de director (a) docente

Proceso administrativo por el cual, la persona titular de una institución educativa privada somete al MINERD, para su aprobación y registro, la decisión del cambio del director (a) de la misma, a través de comunicación escrita dirigida a la DACE, vía el distrito y la regional educativa correspondientes.

FASES DEL PROCEDIMIENTO

El proceso seguido para que la DACE autorice el cambio de director (a) de una institución educativa privada es el siguiente:

a) El titular del nombre comercial del centro solicita por escrito a la DACE, vía el distrito y la regional educativa correspondientes, el cambio de director docente.

b) /D GLUHFFLyQ GLVWULWDO UHFLEH HO H[SHGLHQWH \ YHUL²FD VL HVWi VXVWHQWDGR \ MXVWL²FDGR, tramitándolo, vía la regional educativa, a la DACE, donde, después de cumplir un proceso de investigación, se autoriza el cambio.

c) Se registra el cambio de director (a) en la base de datos de la DACE y se tramita a la Dirección de Acreditación y Titulación de Estudios y al Viceministerio de

3ODQL²FDFLyQ \ 'HVDUUROOR (GXFDWLYR SDUD VX UHJLVWUR GH ²UPD \ VXVWLWXFLyQ HQ HO

SIGERD, respectivamente.

d) 6H GHYXHOYH DO FHQWUR HGXFDWLYR R²FLR GH DSUREDFLyQ, SRU ODV YtDV FRUUHVSRQGLHQWHV.

18 | Manual de Procedimientos

Requisitos de Aprobación

&DUWD GH VROLFLWXG H[SOLFDQGR ODV UD]RQHV GHO FDPELR GH GLUHFWRU (D), ²UPDGD SRU HO

titular del nombre comercial del centro.

2²FLR GH WUiPLWH FRQ UHFRPHQGDFLyQ IDYRUDEOH SDUD HO FDPELR GH GLUHFWRU (D),

²UPDGR SRU OD GLUHFFLyQ GLVWULWDO.

2²FLR GH WUiPLWH \ UHFRPHQGDFLyQ GH FDPELR GH GLUHFWRU (D), ²UPDGR SRU OD

dirección regional.

&RSLD GHO &HUWL²FDGR GH 5HJLVWUR GH 1RPEUH &RPHUFLDO GHO FHQWUR.

+RMD WLPEUDGD \ VHOODGD FRQ HO QRPEUH \ ²UPD GHO FDQGLGDWR D GLUHFWRU (D) GHO

centro.

Currículum vitae del candidato al puesto, donde consten los años de experiencia y se anexen copias de titulaciones.

Copia de cédula del candidato al puesto.

2.2. Cambio de secretario (a) docente

Proceso administrativo por el cual, la persona titular de una institución educativa privada somete al MINERD, para su aprobación y registro, la decisión del cambio de secretario (a) docente de la misma, a través de comunicación escrita dirigida a la DACE, vía el distrito y la regional educativa correspondientes.

FASES DEL PROCEDIMIENTO

El proceso seguido para que la DACE autorice el cambio de secretario (a) docente de una institución educativa privada es el siguiente:

a) El titular del nombre comercial del centro solicita por escrito a la DACE, vía el distrito y la regional educativa correspondientes, el cambio de secretario (a) docente.

b) /D GLUHFFLyQ GLVWULWDO UHFLEH HO H[SHGLHQWH \ YHUL²FD VL HVWi VXVWHQWDGR \ MXVWL²FDGR, tramitándolo, vía la regional educativa, a la DACE, donde, después de cumplir un proceso de investigación, se autoriza el cambio.

c) Se registra el cambio de secretario (a) docente en la base de datos de la DACE y se tramita a la Dirección de Acreditación y Titulación de Estudios y al Viceministerio GH 3ODQL²FDFLyQ \ 'HVDUUROOR (GXFDWLYR SDUD VX UHJLVWUR GH ²UPD \ VXVWLWXFLyQ HQ el SIGERD, respectivamente.

d) 6H GHYXHOYH DO FHQWUR HGXFDWLYR R²FLR GH DSUREDFLyQ, SRU ODV YtDV FRUUHVSRQGLHQWHV.

Dirección de Acreditación de Centros Educativos z MINERD | 19

Requisitos de Aprobación

Carta de solicitud explicando las razones del cambio de secretario (a) docente,

²UPDGD SRU HO WLWXODU GHO QRPEUH FRPHUFLDO GHO FHQWUR.

2²FLR GH WUiPLWH FRQ UHFRPHQGDFLyQ IDYRUDEOH SDUD HO FDPELR GH VHFUHWDULR (D) GRFHQWH, ²UPDGR SRU OD GLUHFFLyQ GLVWULWDO.

2²FLR GH WUiPLWH \ UHFRPHQGDFLyQ GH FDPELR GH VHFUHWDULR (D) GRFHQWH, ²UPDGR

por la dirección regional.

&RSLD GHO &HUWL²FDGR GH 5HJLVWUR GH 1RPEUH &RPHUFLDO GHO FHQWUR.

+RMD WLPEUDGD \ VHOODGD FRQ HO QRPEUH \ ²UPD GHO FDQGLGDWR D VHFUHWDULR (D) GRFHQWH.

Currículum vitae del candidato al puesto, donde consten los años de experiencia y se anexen copias de titulaciones.

Copia de cédula del candidato al puesto.

2.3. Cambio de nombre de la institución

Proceso administrativo por el cual, la persona titular de una institución educativa privada somete al MINERD, para su aprobación y registro, la decisión del cambio de nombre de la misma, a través de comunicación escrita dirigida a la DACE, vía el distrito y la regional educativa correspondientes.

FASES DEL PROCEDIMIENTO

El proceso seguido para que la DACE autorice el cambio de nombre de una institución educativa privada es el siguiente:

a) El titular del nombre comercial vigente del centro registra el nuevo nombre en la

2²FLQD 1DFLRQDO GH OD 3URSLHGDG ,QGXVWULDO (21$3,).

b) El titular del nombre comercial del centro solicita por escrito a la DACE, vía el distrito y la regional educativa correspondientes, el cambio de nombre del centro HGXFDWLYR, FRQ FRSLD GH OD FHUWL²FDFLyQ DQWHULRU \ GH OD QXHYD HPLWLGD SRU OD 21$3,.

c) /D GLUHFFLyQ GLVWULWDO UHFLEH HO H[SHGLHQWH \ YHUL²FD VL HVWi VXVWHQWDGR \ MXVWL²FDGR, tramitándolo, vía la regional educativa, a la DACE, donde, después de cumplir un proceso de investigación, se autoriza el cambio.

d) Se registra el nuevo nombre del centro educativo.

e) Se emite con el nuevo nombre, duplicado del documento de Autorización / Reconocimiento del centro, según proceda.

20 | Manual de Procedimientos

Requisitos de Aprobación

&DUWD GH VROLFLWXG H[SOLFDQGR ODV UD]RQHV GHO FDPELR GH QRPEUH, ²UPDGD SRU HO

titular del nombre comercial del centro.

2²FLR GH WUiPLWH FRQ UHFRPHQGDFLyQ IDYRUDEOH SDUD HO FDPELR GH QRPEUH, ²UPDGR

por la dirección distrital.

2²FLR GH WUiPLWH \ UHFRPHQGDFLyQ GH FDPELR GH QRPEUH, ²UPDGR SRU OD GLUHFFLyQ

regional.

&RSLD GHO &HUWL²FDGR DQWHULRU \ DFWXDO GH 5HJLVWUR GH 1RPEUH &RPHUFLDO GHO FHQWUR.

Notas acerca del procedimiento de cambio de nombre

9 En caso de que más de una persona tenga derechos sobre el nombre comercial YLJHQWH (YHUL²FDGR HQ HO FHUWL²FDGR GH UHJLVWUR GH QRPEUH FRPHUFLDO), \ QR GHVHH tener derecho de participación en el nuevo nombre comercial, deberá hacerlo SRU HVFULWR, FRQ FHUWL²FDFLyQ QRWDULDO. (VWD FRPXQLFDFLyQ GHEH IRUPDU SDUWH GHO expediente de solicitud de cambio de nombre.

9 En caso de que el cambio de nombre revele que se esté desarrollando un proceso de venta de la institución educativa privada, el propietario puede agotar el Procedimiento regulado para el cierre de un centro educativo privado en la modalidad de Cierre por voluntad de sus propietarios establecido en el presente manual (ver epígrafe 3.1). En caso contrario, se deberá hacer constar en el acto de venta, que la parte adquiriente se hace responsable de la custodia de la GRFXPHQWDFLyQ DFDGpPLFD KLVWyULFD GH WRGRV ORV HVWXGLDQWHV GHO FHQWUR D VHU YHQGLGR.

9 Es importante recordar que el cambio de nombre, al estar asociado al cambio de titularidad, requiere que la parte adquiriente lleve a cabo el procedimiento de apertura y posterior reconocimiento establecido en el epígrafe 1.1 de este manual.

2.4.  Cambio de dirección geográfica

Según establece el artículo 38 de la Ordenanza 4-2000, el cambio de ubicación JHRJUi²FD GH XQD LQVWLWXFLyQ HGXFDWLYD SULYDGD GHEH WHQHU OD DSUREDFLyQ SUHYLD GH ODV instancias de lugar, previa evaluación, por parte del distrito educativo correspondiente y GH OD '$&(, GH TXH HO QXHYR ORFDO UH~QH ODV FRQGLFLRQHV R²FLDOPHQWH HVWDEOHFLGDV SDUD el funcionamiento de un centro educativo.

FASES DEL PROCEDIMIENTO

(O SURFHVR VHJXLGR SDUD TXH OD '$&( DXWRULFH HO FDPELR GH VHGH JHRJUi²FD GH XQD

institución educativa privada es el siguiente:

a) El titular del nombre comercial del centro solicita por escrito, con seis meses de

anticipación, el cambio de ubicación al distrito educativo correspondiente.

b) Recibida la solicitud de autorización para cambio de ubicación, la dirección del distrito HGXFDWLYR HQYtD XQ HTXLSR WpFQLFR D OD LQVWLWXFLyQ HGXFDWLYD SULYDGD, D ²Q GH HYDOXDU las condiciones del nuevo local previsto y poder emitir un informe al respecto.

c) En caso de que el nuevo local reúna las condiciones establecidas, el distrito educativo informará del traslado, con su opinión favorable, a la DACE, vía la dirección regional, remitiendo el expediente de la institución e incluyendo los resultados de la evaluación realizada.

d) /D '$&( YHUL²FD OD HYDOXDFLyQ GH ODV QXHYDV LQVWDODFLRQHV, HQYLDQGR D VX YH] un equipo técnico a la institución educativa para validar la evaluación de sus condiciones y poder así autorizar el cambio de dirección o traslado del centro.

e) Si no reuniera las condiciones requeridas, se le comunica a la institución que no cuenta con su aprobación para instalarse en ese local, indicándole las razones de su posición y realizando las sugerencias pertinentes.

f) Según establece el párrafo al artículo 38 de la Ordenanza 4-2000, si la institución que recibe aprobación para el cambio de ubicación corresponde a una jurisdicción distrital diferente a la previa, deberá informarlo, al momento de realizar el traslado, DO GLVWULWR HGXFDWLYR GH RULJHQ SDUD ²QHV GH VX H[FOXVLyQ HQ HO 6,*(5'.

g) (Q HO FDVR GH TXH HO FDPELR GH GLUHFFLyQ JHRJUi²FD WHQJD OXJDU GH XQD SURYLQFLD a otra, se recomienda agotar alguno de los procedimientos de cierre de un centro educativo privado (ver epígrafe 3) establecidos en el presente manual y, posteriormente, una solicitud de apertura y posterior reconocimiento como una nueva institución educativa privada (ver epígrafe 1.1).

Requisitos de Aprobación

&DUWD GH VROLFLWXG H[SOLFDQGR ODV UD]RQHV GHO FDPELR GH GLUHFFLyQ JHRJUi²FD,

²UPDGD SRU HO WLWXODU GHO QRPEUH FRPHUFLDO GHO FHQWUR, LQFOX\HQGR OD GLUHFFLyQ SDUD

la que se solicita el traslado.

2²FLR GH WUiPLWH FRQ UHFRPHQGDFLyQ IDYRUDEOH SDUD HO FDPELR GH GLUHFFLyQ JHRJUi²FD, ²UPDGR SRU OD GLUHFFLyQ GLVWULWDO GRQGH VH XELFDUi HO FHQWUR HGXFDWLYR, incluyendo informe de evaluación de las nuevas instalaciones.

2²FLR GH WUiPLWH \ UHFRPHQGDFLyQ GH FDPELR GH GLUHFFLyQ JHRJUi²FD, ²UPDGR SRU

la dirección regional.

&RSLD GHO &HUWL²FDGR GH 5HJLVWUR GH 1RPEUH &RPHUFLDO GHO FHQWUR.

&HUWL²FDGR R FDUWD GH QR REMHFLyQ DO XVR GH VXHOR, H[SHGLGR SRU OD $OFDOGtD

correspondiente.

3.  Procedimiento regulado para el cierre de un centro educativo privado

Una institución educativa privada podrá ser cerrada por tres motivos: a) voluntad de sus propietarios; b) disposición del MINERD; c) sentencia judicial.

3.1. Cierre por voluntad de sus propietarios

El cierre de un centro educativo privado de manera voluntaria requiere de los siguientes pasos:

a) El titular o propietario del centro, debe comunicar por escrito, al distrito HGXFDWLYR FRUUHVSRQGLHQWH VX GHFLVLyQ GH FLHUUH, VHLV PHVHV DQWHV GH ²QDOL]DU HO año escolar en curso.

b) Una vez recibida la solicitud de cierre del centro, el distrito educativo establece una comisión de seguimiento y asesoría, estableciendo la fecha de entrega de la GRFXPHQWDFLyQ GHO FHQWUR DO ²QDOL]DU HO DxR HVFRODU \ JDUDQWL]DQGR OD HVFRODULGDG de la población de sus estudiantes.

c) En la fecha establecida, el distrito educativo, con la participación del coordinador de centros privados, recibe los archivos del centro en formato físico y digital: VHOOR, DFWDV GH FDOL²FDFLRQHV, UHJLVWURV GH JUDGR GH WRGRV ORV DxRV HQ ORV TXH el centro laboró, expedientes de los estudiantes…, así como cualquier otro documento relativo a los estudiantes que están o estuvieron inscritos en ese centro educativo.

d) 9HUL²FDGRV ORV DUFKLYRV, VH SURFHGH DO OOHQDGR GHO LQYHQWDULR GH FLHUUH, FRQ OD

²UPD \ VHOOR GH GLUHFWRU (D) R SURSLHWDULR (D) GHO FHQWUR TXH KDFH HQWUHJD GH

dicha documentación, así como del técnico distrital que la recibe.

e) El distrito educativo tramita a la DACE, por las vías correspondientes, un informe TXH H[SOLFD ODV FDXVDV GHO FLHUUH GHO FHQWUR, DQH[DQGR, HQ RULJLQDO, DFWD ²QDO GH cierre para su registro y formalización en la base de datos de la DACE.

f) Tras acoger la solicitud de cierre y agotar los procesos reglamentarios, la DACE WUDPLWD D VX YH] OD GRFXPHQWDFLyQ UHFLELGD D OD 2²FLQD 1DFLRQDO GH 3ODQL²FDFLyQ (GXFDWLYD SDUD TXH VH LQDFWLYH GH²QLWLYDPHQWH HO FyGLJR GHO FHQWUR HQ HO 6,*(5'.

g) &RQFOXLGR HVWH SURFHVR, VH UHPLWH DO SURSLHWDULR GHO FHQWUR XQD FHUWL²FDFLyQ GH

cierre por las vías reglamentarias.

3.2.  Cierre por disposición del Ministerio de Educación

En el marco de los DUWtFXORV 2 s 22s 23 \ 00 de la Ordenanza 4-2000, una institución educativa privada puede ser sancionada, incluso con su cierre, si se comprueba que incurre en acciones que violan lo establecido en las normativas públicas que rigen el Sistema Educativo Dominicano.

De acuerdo con el nivel de gravedad de las faltas cometidas, el distrito, la regional educativa y la DACE determinarán el alcance de la sanción a aplicar, en cuanto a su GXUDFLyQ (FLHUUH WHPSRUDO R GH²QLWLYR), DVt FRPR D VX LPSOLFDFLyQ RUJiQLFD (FLHUUH parcial de uno o más niveles/grados, o cierre general del centro en todos los niveles y modalidades en que funciona).

El cierre de un centro educativo privado por el motivo indicado, agotará el siguiente proceso:

a) El distrito educativo conforma una comisión, con la participación del coordinador de centros privados, para evaluar el desempeño administrativo

\ SHGDJyJLFR GHO FHQWUR HQ FXHVWLyQ, D ²Q GH VXVWHQWDU, GRFXPHQWDOPHQWH \ con evidencias, los hechos que ameriten sanción, detallándose la situación encontrada, las normativas infringidas (leyes, ordenanzas, resoluciones, órdenes departamentales, normas de convivencia y demás disposiciones relacionadas con el ámbito de incumplimiento), así como los acuerdos establecidos con la dirección del centro y recomendaciones realizadas.

b) Las copias de los documentos de control docente y/o administrativo (registros GH JUDGR, DFWDV GH FDOL²FDFLRQHV GH ORV JUDGRV TXH OD DPHULWDQ, DVLVWHQFLD de estudiantes, personal que labora en el centro, entre otros documentos) UHVXOWDQWHV GH OD LQGDJDFLyQ UHDOL]DGD, GHEHQ HVWDU VHOODGRV \ ²UPDGRV SRU XQ representante del centro educativo.

c) A partir del informe del distrito educativo y la opinión de la DACE, el presidente del Consejo Nacional de Educación podrá determinar el cierre del centro educativo, avalado mediante resolución, de acuerdo con los informes recibidos, y con las correspondientes evidencias, validadas por la Consultoría Jurídica del Minerd. Dicha resolución hará mención a las leyes, ordenanzas, resoluciones y disposiciones objeto de incumplimiento, determinándose, si procede, otras sanciones al centro.

d) Tras acoger la solicitud de cierre y agotar los procesos reglamentarios, la DACE WUDPLWD D VX YH] OD GRFXPHQWDFLyQ UHFLELGD D OD 2²FLQD 1DFLRQDO GH 3ODQL²FDFLyQ Educativa para que se inactive el código del centro en el SIGERD.

e) En el caso de que se haya dispuesto el cierre, el distrito educativo, con la

participación del coordinador de centros privados, recibe los archivos físicos GHO FHQWUR HQ IRUPDWR ItVLFR \ GLJLWDO: VHOOR, DFWDV GH FDOL²FDFLRQHV, UHJLVWURV de grado de todos los años en los que el centro laboró, expedientes de los estudiantes…, así como cualquier otro documento relativo a los estudiantes que están o estuvieron inscritos en ese centro educativo.

f) &RQFOXLGR HVWH SURFHVR, VH UHPLWH DO SURSLHWDULR GHO FHQWUR XQD FHUWL²FDFLyQ GH

cierre por las vías reglamentarias.

g) El distrito educativo garantizará el cumplimiento de los procedimientos y vías de trámite establecidas para el cierre formal del centro educativo.

3.3.  Cierre por disposición de sentencia judicial

Un centro educativo puede ser cerrado por el MINERD, acatando la disposición de un tribunal competente que así lo determine, después de comprobarse que la institución educativa privada haya cometido faltas y/o violaciones al ordenamiento jurídico.

Una vez emitida la sentencia del tribunal competente, el MINERD procederá al cierre formal del centro, agotando los mismos procesos establecidos para los demás tipos de cierre.

4.  Mediaciones y procedimientos regulados por el sistema educativo dominicano para la convivencia armoniosa en los centros educativos públicos y privados

Contexto normativo

El Ministerio de Educación es parte del sistema integral de protección a los derechos de ORV QLxRV, QLxDV \ DGROHVFHQWHV UHJLGR SRU OD /H\ 136-03, D ²Q GH YHODU, HQ SULPHU OXJDU, SRU HO SOHQR FXPSOLPLHQWR GHO 'HUHFKR D OD (GXFDFLyQ, HVSHFt²FDPHQWH GHVWDFDGR HQ el artículo 45 de dicha ley. En relación con los compromisos del Estado, las familias y la sociedad en el ámbito educativo, el citado texto legal extiende los lineamientos de SROtWLFD S~EOLFD GH²QLGRV HQ OD /H\ *HQHUDO GH (GXFDFLyQ  66-97 SDUD JDUDQWL]DU XQD HGXFDFLyQ GH FDOLGDG, \ HVSHFt²FDPHQWH SURWHJH D ORV \ ODV HVWXGLDQWHV GH ORV FHQWURV educativos públicos y privados de posibles fuentes de discriminación.

Para los fines señalados, cabe prestar atención a las siguientes situaciones:

A) Mediación relacionada con desacuerdo por sanciones a indisciplina escolar

Los artículos 48 y 49 de la Ley 136-03 establecen medidas precisas relacionadas con la disciplina escolar, y son el fundamento de las “Normas del sistema educativo dominicano para la convivencia armoniosa en los centros educativos públicos y privados”, publicadas por el MINERD.

(VWDV 1RUPDV QDFLRQDOHV FRQVWLWX\HQ HO PDUFR SDUD ORV UHJODPHQWRV HVSHFt²FRV

disciplinarios de los centros educativos públicos y privados y delimitan, de forma similar a la Ordenanza 4-2000 (art. 78-79), ). El artículo 79 de la referida ordenanza explicita en todos sus literales el procedimiento para la aplicación de sanciones y del recurso de apelación en caso necesario. Por otra parte, se faculta a las instancias de mediación del GLVWULWR \ GH OD UHJLRQDO HGXFDWLYD, EDMR SURWRFRORV GH²QLGRV SRU OD 'LUHFFLyQ *HQHUDO de Orientación y Psicología del MINERD (art. 29-44), a atender las situaciones no resueltas en el centro educativo. Para los centros privados, el artículo 79, literal “e”, de la Ordenanza 4-2000 faculta a la DACE para atender y ponderar las solicitudes de las familias que se muestren inconformes con las sanciones a faltas graves establecidas por el Consejo de Disciplina del centro educativo.

B) Mediación relacionada con desacuerdo por pago de colegiatura

Entre las medidas expresamente prohibidas como sanciones disciplinarias por las citadas Normas de Convivencia (artículos 23-25), el artículo 23, literal “k”, prohíbe el “Acoso o H[SXOVLyQ GH ORV/ODV HVWXGLDQWHV DQWHV GHO ²Q GHO DxR HVFRODU SRU IDOWD GH SDJR GH OD colegiatura”, en línea con lo establecido en el artículo 48, literal “g” de la Ley 136-03. A

²Q GH RIUHFHU RSRUWXQLGDGHV GH PHGLDFLyQ, HO 3iUUDIR , GHO FLWDGR DUWtFXOR 23 SDXWD HO

siguiente procedimiento:

En caso de incumplimiento de las obligaciones de pago de colegiatura, por parte de la familia, el centro educativo puede solicitar una evaluación del caso a la Dirección del Distrito y/o de la Regional Educativa, así como a la Dirección de

,QVWLWXFLRQHV (GXFDWLYDV 3ULYDGDVs D ²Q GH IDYRUHFHU XQD VROXFLyQ GLDORJDGDs R UHDOL]DU DFXHUGRV GH SDJRV FRQ SURFHVRV QRWDULDOHV. /RV DOXPQRV/DV QR deberán sufrir consecuencias negativas durante el período escolar a causa del LQFXPSOLPLHQWR GH SDJR GH FROHJLDWXUD.

ANEXOS

5.1 Lista de las principales normativas públicas de referencia para el funcionamiento de los centros educativos privados

z Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio del 2015.

z /H\ *HQHUDO GH (GXFDFLyQ 66-97 (1997, 9 GH DEULO). *DFHWD 2²FLDO, 9951, $EULO 10,

1997.

z Ley 136-03 que crea el Código para el Sistema de Protección y los Derechos

Fundamentales de los niños, niñas y adolescentes (2003, 7 de agosto). Gaceta

2²FLDO 10234. 2FWXEUH 17, 2003.

z Reglamento Orgánico del Ministerio de Educación, establecido mediante el

'HFUHWR 645-12. *DFHWD 2²FLDO 10698. 1RYLHPEUH 15, 2012.

z Ordenanza 4-88, que establece el Servicio Social Estudiantil como requisito indispensable para optar por el título de Bachiller y/o Maestro Normal Primario o grados equivalentes.

z Ordenanza 1-96, que establece el Sistema de Evaluación del Currículum de la

Educación Inicial, Básica, Media, Especial y de Adultos.

z Ordenanza 4-2000, que establece el reglamento de las instituciones educativas privadas.

z 2UGHQDQ]D 09-2000, PRGL²FDGD, TXH LQVWLWX\H ORV FRPLWpV GH FXUVRV \ asociaciones de padres, madres, tutores y amigos de la escuela, en los niveles Inicial, Básico y Medio.

z 2UGHQDQ]D 1-2006 TXH PRGL²FD OD 2UGHQDQ]D 7-2003, TXH HVWDEOHFH HO

Reglamento de Educación Media a distancia y semipresencial para adultos.

z 2UGHQDQ]D 3-2013 PHGLDQWH OD FXDO VH PRGL²FD OD HVWUXFWXUD DFDGpPLFD GHO sistema educativo dominicano, estableciendo tres niveles educativos de seis años cada uno, subdivididos en dos ciclos de tres años, que entrarán en vigencia por etapas.

z Ordenanza 1-2014, mediante la cual se establece la Política Nacional de Jornada

Escolar Extendida para los Niveles Inicial, Primario y Secundario.

z Ordenanza 1-2015, que establece el currículo revisado, actualizado y validado para la Educación Inicial pública y privada a partir del año escolar 2015-2016.

z Ordenanza 2-2015, que establece el currículo revisado, actualizado y validado para la Educación Primaria pública y privada a partir del año escolar 2015-2016.

z Ordenanza 1-2016, que norma el sistema de pruebas nacionales y de evaluación

GH ORV ORJURV GH DSUHQGL]DMH GH OD 5HS~EOLFD 'RPLQLFDQD \ PRGL²FD OD 2UGHQDQ]D

7-2004.

30 | Manual de Procedimientos

z Ordenanza 2-2016, que establece el sistema de evaluación de los aprendizajes en la educación Inicial y Primaria en correspondencia con el currículo revisado y actualizado.

z Ordenanza 1-2017, que establece el proceso de validación del diseño curricular revisado y actualizado del Primer Ciclo del Nivel Secundario y su sistema de evaluación, para la educación pública y Privada en el año 2016-2017.

z Ordenanza 3-2017, que establece la validación de las directrices de la Educación Técnico-Profesional, así como su aplicación en los subsistemas de Educación de Adultos y de Educación Especial en lo referente a lo vocacional laboral.

z Ordenanzas 5-2017 a 21-2017, por las cuales se validan los títulos de técnico básico y bachiller técnico de las familias profesionales de la Educación Secundaria, Modalidad Técnico-Profesional (17 ordenanzas; la Ordenanza 7-2017

IXH PRGL²FDGD HQ XQ DUWtFXOR SRU OD 2UGHQDQ]D 2-2021).

z Ordenanza 22-2017, que establece el proceso de validación del diseño curricular revisado y actualizado y el sistema de evaluación de la Modalidad Académica del Nivel Secundario para la educación pública y privada.

z Ordenanza 28-2017, que dispone la derogación del artículo noveno de la Ordenanza 4-2000, que instituye el Reglamento de las instituciones educativas privadas.

z Ordenanza 23-2017, que norma la entrada en validación del diseño curricular revisado y actualizado de la Modalidad en Artes, del segundo ciclo del nivel secundario a partir del año 2017-2018.

z Ordenanza 1-2018, que establece el marco del diseño curricular revisado y actualizado para la Educación Básica, del Subsistema de Educación de Personas Jóvenes y Adultas.

z Ordenanza 4-2018, que establece los servicios y estrategias para los estudiantes

FRQ QHFHVLGDGHV HVSHFt²FDV GH DSR\R HGXFDWLYR, DFRUGH DO FXUUtFXOR HVWDEOHFLGR.

z Orden Departamental 9-2009 que establece los procedimientos para el cumplimiento del calendario y del horario escolar para el logro de la Misión 1000 x 1000.

z Resolución 155-2013, mediante la cual se establece que los colegios privados sean dotados de los documentos escolares o instrumentos de evaluación formativa que distribuye el Ministerio de Educación.

z 5HVROXFLyQ 03-2018, PHGLDQWH OD FXDO VH HVWDEOHFH HO SURFHGLPLHQWR GH FHUWL²FDFLyQ de los estudiantes que cursan el 6to. grado en el año 2017-2018, e instruye a las instituciones educativas privadas no reconocidas por el Minerd a abstenerse de inscribir estudiantes en el 6to. grado del nivel primario a partir del año 2018-2019.

z Normas del sistema educativo dominicano para la convivencia armoniosa en los centros educativos públicos y privados. Ministerio de Educación (2013).

GOBIERNO DE LA

REPÚBLICA DOMINICANA

EDUCACIÓN

FORMULARIO

PARA EVALUAR

ASPECTOS GENERALES DEL DESEMPENO

INSTITUCIONAL DE UN CENTRO EDUCATIVO PRIVADO

Dirección de Acreditación de Centros Educativos

Evaluación general desempeño institucional de centro educativos privados

Fundamentación

El desempeño y la mejora continua de la calidad del Sistema Educativo Dominicano constituyen una de las responsabilidades del Ministerio de Educación de la República Dominicana, como organismo gubernamental encargado de establecer, regular y supervisar la política educativa del Estado en los diferentes niveles y modalidades de los sectores público y privado, amparado en la Ley 66’97 General de Educación.

El servicio educativo del sector privado también está regulado por la Ordenanza 04 2000 que establece el Reglamento de las instituciones educativas privadas a través de la Dirección de Acreditación de Centros Educativos.

Desde esta dirección y con el propósito de evaluar las condiciones de los centros educativos privados que optan por el reconocimiento del Ministerio de Educación de la República Dominicana, se han elaborado instrumentos para los distintos niveles, de conformidad con los requisitos establecidos en la Ley 66’97, la Ordenanza 04 2000 (Capítulo V) y las órdenes departamentales correspondientes a los mismos.

Los instrumentos indicados representan un avance en términos del aseguramiento de la calidad educativa del sector privado que, en lo adelante, contará con orientaciones más actualizadas e innovadoras en las diferentes dimensiones evaluativas incluidas en los instrumentos que orientan esta evaluación.

Igualmente, el equipo técnico de la Dirección de Acreditación de Centros Educativos dispondrá de criterios valorativos y de formularios que, desde una perspectiva de calidad, permitan evaluar el cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en el servicio educativo del sector privado.

.Puntuaciones

El peso de las puntuaciones otorgadas a cada criterio se basa en valoraciones coherentes con los requerimientos establecidos en la ordenanza 04’2000, para el reconocimiento de los colegios privados.

• Destacado: El requisito indicado en la ordenanza, ley o reglamento evidencia su aplicación de forma organizada y permanente según lo establecido para asegurar un correcto desempeño institucional.

• Competente: El requisito indicado en la ordenanza, ley o reglamento evidencia su aplicación de forma organizada y permanente, aunque con ciertas dificultades o inexactitudes según lo establecido, lo que impide una valoración del desempeño institucional con la puntuación Destacado.

• Insuficiente: El requisito indicado se presenta con un nivel de cumplimiento muy por debajo de lo establecido en la ordenanza, ley o reglamento aplicable. El no cumplimiento dificulta las actividades del centro y la necesidad de corrección de la situación evaluada.

• Inexistente: El requisito NO presenta evidencia de su implementación o cumplimiento según lo establecido en la ordenanza, ley o reglamento aplicable.

Se recomienda tomar medidas inmediatas y seguimiento permanente por parte de los Distritos Educativos cuando se detecten situaciones que pongan en peligro la integridad de los estudiantes y del personal que labora en el centro educativo.

Dimensiones y criterios

I.Dimensión Planta física

Esta dimensión evalúa las instalaciones físicas y servicios básicos de que dispone el centro educativo, para el funcionamiento adecuado y de la seguridad de los estudiantes, al igual que la implementación y continuidad con calidad del proceso educativo.

1. Uso de la edificación: Se refiere a los usos que tienen la edificación del centro para confirmar si funciona una vivienda compartida u otro tipo de institución en la misma o en otra tanda, lo cual podría afectar la seguridad del centro, el personal, los estudiantes o la durabilidad de la infraestructura, el mobiliario o los materiales.

2. Propiedad: Se refiere a la propiedad del terreno y la edificación para medir el nivel de seguridad de permanencia del centro educativo en la misma ubicación.

3. Estructura: Se refiere a la solidez de la estructura del centro en sentido general, identificando si representa un riesgo para la seguridad de los alumnos y empleados del centro educativo.

4. Pisos: Se refiere al material y estado de los pisos de la edificación.

5. Techos: Se refiere al estado de los techos para confirmar si protegen de la lluvia, el sol y otros fenómenos ambientales.

6. Verja perimetral: refiere a si la verja protege al plantel, al estudiantado y al personal, de manera que no obstaculiza la ventilación e iluminación natural. Puede estar construido en rejas, bloques o una combinación (Todos los planteles escolares deberán tener una verja que sirva de protección al plantel y al estudiantado la cual deberá construirse de manera tal que no obstaculice la ventilación e iluminación natural (Dirección General de Reglamentos y Sistemas,

2006).

7. Patio: Se refiere a las dimensiones, limpieza y estado de nivelación del piso de manera que asegure condiciones de seguridad y esparcimiento para los estudiantes en la recreación y la práctica de deportes.

8. Iluminación: Se evalúa el grado de iluminación natural o artificial de las aulas o las dependencias administrativas, de manera que aseguren la visibilidad adecuada para la efectividad de las actividades educativas y se prevenga la aparición de afecciones visuales.

9. Baños: Se refiere a la independencia de los baños por sexo, igualmente si cuenta con la cantidad de inodoros, lavamanos y, cuando aplique, orinales, según la matrícula del centro y los niveles que imparte

10. Agua potable: Se refiere a la disponibilidad permanente de agua potable en el centro educativo.

La misma puede provenir de las líneas de acueducto o del subsuelo.

En caso de que se utilicen pozos para la captación de agua potable no deberán alcanzar las capas del subsuelo contaminadas y tienen que estar totalmente encamisados (Dirección General de Reglamentos y Sistemas, 2006).

11. Electricidad: Se refiere a la disponibilidad permanente de electricidad para el centro educativo, sea de la red local y/o de fuentes de emergencia.

12. Ruidos: Se refiere a la existencia de ruidos externos que podrían dificultar el proceso educativo.

13. Peligros potenciales: Se refiere a la presencia en las cercanías del centro educativo de instituciones, que por su naturaleza, ofrecen peligros para la comunidad educativa.

14. Aulas: Se refiere a las dimensiones de las aulas de manera que los estudiantes dispongan de espacio suficiente, igualmente se evalúa la independencia de las aulas, asegurando que el desarrollo de las clases en una no dificulte las actividades en la otra.

15. Higiene: Se refiere a la limpieza en todas las dependencias del centro y la correcta disposición de la basura.

16. Biblioteca: Se refiere a la disponibilidad de una biblioteca con estanterías y condiciones para el resguardo de los volúmenes, asimismo de mobiliario para el trabajo acorde a los niveles que imparte.

17. Dependencias administrativas: Se refiere a la existencia de espacios de trabajo para la gestión del centro educativo, como la dirección y la secretaría docente y/o administrativa.

18. Puertas: Se refiere a las condiciones de las puertas y el sentido en que abren (hacia el exterior o hacia el interior del aula.

19. Ventanas: Se refiere a las condiciones de las ventanas, tanto visualmente como de funcionamiento.

20. Cafetería: Se refiere a la existencia de una cafetería, haciendo énfasis en las condiciones de higiene y limpieza.

21. Ventilación: Se refiere a las condiciones de la planta física que garantizan una circulación de aire apropiada en las aulas y otras ubicaciones del centro educativo.

22. Plan de Contingencia a Terremoto e Incendio: El plan refiere a las acciones concretas que implementa el centro para reducir el riesgo a corto, mediano y largo plazo ante la ocurrencia de un. La Ruta de Evacuación es parte del Plan e indica el camino a seguir para llevar a estudiantes y todo el personal del centro educativo hacia un punto seguro.

II. Planificación, organización y control

Esta dimensión evalúa el establecimiento de mecanismos de planificación, ordenamiento y control del centro educativo y los procesos que se desarrollan en el mismo.

23. Proyecto Educativo de Centro (PEC): Se refiere al documento que orienta la gestión institucional y pedagógica del centro, a través de la filosofía (misión, visión y valores) que guía su actuación, en su contexto y elaborada con la participación de la comunidad educativa y fundamentado en las leyes y ordenanzas vigentes.

24. Plan Operativo Anual: es un plan estructurado de actividades sobre la ejecución de la estrategia de la institución en el período de un año o más.

25. Planificación curricular: Se refiere a la existencia de un plan de las acciones que se realizarán en el proceso educativo para asegurar la consecución de las competencias establecidas para el grado y nivel que cursan los estudiantes.

26. Perfil del director: Se refiere al cumplimiento de las características personales, profesionales y la experiencia docente del director para las funciones inherentes a su cargo en el centro educativo.

27. Reglamento: Se refiere a la existencia de un documento que exprese los derechos, deberes y régimen disciplinario establecido en el centro y fundamentado en las leyes y ordenanzas vigentes.

28. Registros: Se refiere al uso de los registros establecidos por el Ministerio de Educación de la República Dominicana, así como el llenado y calidad de las calificaciones, registro de asistencia y firmas de los docentes.

29. Seguimiento de los contenidos: Se refiere a la supervisión que hace el director o el coordinador de la correcta implementación de la planificación realizada.

30. Documentación: Se refiere a la existencia de los documentos que contienen el currículo vigente, que incluye Sistema de Evaluación por competencias, así como la Ley de educación vigente y otras leyes y ordenanzas.

31. Estructura organizativa: Ordenamiento de los recursos humanos, materiales y funcionales en el marco de las diferentes unidades jerárquicas del centro educativo, y de las relaciones que las vinculan. Se hace visible en el organigrama.

III.Gestión Pedagógica

Esta dimensión evalúa los procesos que regulan el desarrollo curricular a fin de asegurar la mejora de la práctica docente y aprendizajes de calidad de los estudiantes, en todos los niveles, grados y sub sistemas impartidos..

32. Carga: Se refiere el cumplimiento de la carga académica establecida para el nivel educativo, evidenciada en el horario de clases definido.

33. Docentes: Se refiere al porcentaje y adecuación de la titulación de los docentes del centro educativo.

34. Actividades: Se refiere a la correcta aplicación de la planificación curricular, por medio de actividades que aseguren la consecución de las competencias establecidas para el nivel y el grado.

35. Corrección: Se refiere a la cantidad de correcciones que realiza el docente sobre las actividades que asigna.

36. Evaluaciones: Se refiere a la coherencia de las evaluaciones con relación al proceso curricular.

37. Retroalimentación: Se refiere a la información cuantitativa y cualitativa sobre el rendimiento y comportamiento de los estudiantes que mantiene la dirección y/o los docentes con los padres o tutores.

38. Comunicación: Se refiere al establecimiento de canales adecuados para recibir, retroalimentar y difundir información y utilizarla en la toma de decisiones.

39. Proyectos: Hacen referencia a las acciones articuladas entre la escuela y la comunidad como vía para potenciar los aprendizajes, desarrollar competencias y buscar soluciones conjuntas a los problemas que los afectan.

40. Materiales y recursos tecnológicos: Se refieren a la integración de materiales didácticos y medios electrónicos, informáticos y redes de comunicación a los procesos de aprendizaje de estudiantes y maestros.

41. Agrupamiento: Hace referencia a diferentes formas de organizar el aula con el propósito de llevar a cabo actividades entre pares, individuales y en equipo para promover diferentes formas de construcción de los conocimientos.

42. Acompañamiento Pedagógico: Hace referencia a la estrategia de apoyo al personal docente con el fin de lograr la articulación entre las habilidades prácticas del profesorado y los diferentes tipos de saberes; promover la reflexión y transformar las prácticas.

43. Estrategias globalizadoras: se refiere a la planificación y aplicación de estrategias que integren las diferentes asignaturas del currículo en una visión global, es decir, no fragmentada del conocimiento.

IV.Mobiliario y equipos

Esta dimensión evalúa la disposición, adecuación, suficiencia y uso racional del equipamiento y recursos materiales de que dispone la institución para el desarrollo del proceso educativo.

44. Butacas: Se refiere a la valoración de las butacas en función de la cantidad, calidad y adecuación de su tamaño a las edades de los estudiantes.

45. Sillas y escritorios: Se refiere a la adecuación del mobiliario utilizado en otras dependencias del centro, aparte de las aulas.

46. Mobiliario docente: Se refiere a la adecuación de los escritorios, sillas y pizarras de las aulas.

47. Materiales: Se refiere a la adecuación de los materiales utilizados en función de los niveles y contenidos que deben ser abordados en cada grado.

48. Archivadores: Se refiere a la disponibilidad de archivadores que garanticen el resguardo apropiado de los documentos de los estudiantes y las actividades del centro.

V.Participación y liderazgo

Esta dimensión evalúa la participación de los padres, madres, tutores, alumnos y autoridades de la institución en el funcionamiento del centro educativo, para lograr una mejora por medio del esfuerzo conjunto.

49. Asociación de padres, madres y amigos: Se refiere a la creación y funcionamiento de una

Asociación de Padres, madres y amigos, según lo establecido en la OD 09-2000.

50. Escuela de padres y madres OD 11’98: Se refiere a la creación y funcionamiento de la Escuela para padres y madres, según lo establecido en la OD 11’98.

51. Consejos estudiantiles: Se refiere a la creación y funcionamiento del consejo estudiantil y los de curso, según establece la ley 66-97 y ordenanza 04-2000.

52. Asamblea: Se refiere a la creación y funcionamiento de la Asamblea General con todas sus partes, según establece la ley 66-97 y ordenanza 04-2000.

53. Clima escolar: Ambiente educativo que procura establecer relaciones de seguridad, confianza, respeto, participación, apertura, orientación al cambio y liderazgo distribuido para lograr aprendizajes de calidad de todos los sujetos educativos.

54. Canales formales: Son los canales institucionales u oficiales empleados por la institución para sus comunicaciones con los grupos de interés (padres, madres, tutores, autoridades educativas, estudiantes, etc.)

Dirección de Acreditación de Centros Educativos Formulario para evaluar aspectos generales del Desempeño Institucional de un Centro Educativo Privado

I.Generalidades del Centro Educativo

Dirección Regional  Distrito Educativo  Código de Planta Física

Código SIGERD

Nombre del Centro:

Fecha de Fundación

Certificado de Nombre Comercial (ONAPI) No.  Vence en fecha:

Dirección:  Sector  Teléfono

CorreoElectrónico

Condición Legal:

Acreditado:

Resolución No.  d/f  Niveles  Ciclos

Reconocido  Certificación No.  d/f  Niveles  Ciclos

Sin Reconocimiento  Niveles  Ciclos

Plan de Estudio: Oficial

Extranjero Bilingüe

Extranjero Monolingüe

Si el plan es extranjero, Nombre de la Acreditadora Internacional:

Situación actual del Centro Educativo con la Acreditadora:

Miembro:  d/f  Candidato:  d/f  Acreditación:  d/f

Matrícula Estudiantil:

Niveles que imparte:

distribuida de la siguiente forma

Tanda

Matrícula total

Niveles Inicial Primario Secundario

Grados Mat. Inf. Parv. Pre-K. K. Pre-P 1° 2° 3° 4° 5° 6° 1° 2° 3° 4° 5° 6°

Matrícula

Sub Total

Inscripción RD$ RD$ RD$

Colegiatura RD$ RD$ RD$

Salidas optativas que imparte en el 2do. Ciclo del Nivel Secundario

Humanidades y

Ciencias Sociales Humanidades y

Lenguas Modernas Ciencias y Tecnología Matemática y

Tecnología

Matrícula total  distribuida de la siguiente forma

Técnico Profesional

Modalidad T é c n i c o

Profesional Especialidad Arte Especialidad

Grados 4° 5° 6° 4° 5° 6°

Matrícula

Inscripción RD$ RD$ RD$

Colegiatura RD$ RD$ RD$

Matrícula total  distribuida de la siguiente forma

Subsistema de Educación Especial

S u b s i s t e m a de Educación Especial Inicial Primario Secundario

Grados Mat. Inf. Parv. Pre-K. K. Pre-P 1° 2° 3° 4° 5° 6° 1° 2° 3° 4° 5° 6°

Matrícula

Inscripción RD$ RD$ RD$

Colegiatura RD$ RD$ RD$

Personal Directivo y administrativo

Nombre Sexo

Nivel Académico

Evidencia

Cargo que desempeña

M F

Director/a General

Director /a Docente

Subdirector/a

Director Adm.

Coordinador/a de Registro

Coordinador de nivel

Orientadora y/o Psicóloga

Secretaria Adm.

Secretaria Aux.

Bibliotecario

Personal Docente

Nivel Inicial

Nombre

Sexo

Nivel Académico

Evidencia

Ciclo/Grado que imparte

M

F

Porcentaje total

Nivel Primario

Nombre Sexo

Nivel Académico

Evidencia

Ciclo/Grado que imparte

M F

Porcentaje total

Nivel Secundario Modalidad Académica

Nombre Sexo

Nivel Académico

Evidencia

Área que imparte

M

F

Porcentaje total

2do. Ciclo Nivel Secundario: Modalidad Técnico Profesional

Nombre Sexo

Nivel Académico

Evidencia

Área que imparte

M F

Porcentaje total

2do. Ciclo Nivel Secundario: Modalidad Bachillerato en Artes.

Nombre Sexo

Nivel Académico

Evidencia

Área que imparte

M F

Porcentaje total

Subsistema de Educación de Especial

Nombre Sexo

Nivel Académico

Evidencia

Área que imparte

M F

Porcentaje total

II. Puntuaciones

Los criterios serán evaluados según la siguiente escala de valoración, la cual asumirá distintas puntuaciones según el peso necesario para el reconocimiento según lo indicado en la ordenanza

04’2000.

• Destacado: El requisito indicado en la ordenanza, ley o reglamento evidencia su aplicación de forma organizada y permanente, según lo establecido para asegurar un correcto desempeño institucional.

• Competente: El requisito indicado en la ordenanza, ley o reglamento evidencia su aplicación de forma organizada y permanente, aunque con ciertas dificultades o inexactitudes según lo establecido, lo que impide una valoración del desempeño institucional con la puntuación Destacado.

• Insuficiente: El requisito indicado se presenta con un nivel de cumplimiento muy por debajo de lo establecido en la ordenanza, ley o reglamento aplicable. El no cumplimiento dificulta las actividades del centro y la necesidad de corrección de la situación evaluada.

• Inexistente: El requisito NO presenta evidencia de su implementación o cumplimiento según lo establecido en la ordenanza, ley o reglamento aplicable.

Se recomienda tomar medidas inmediatas y seguimiento permanente por parte de la Dirección Distrital correspondiente cuando se detecten situaciones que pongan en peligro la integridad de los estudiantes y del personal que labora en el centro educativo.

III.PLANTA FÍSICA

Descripción Inexistente Insuficiente Competente Destacado

1. Uso de la edificación 0 0.5 1 2

La edificación pertenece a otras actividades, donde el centro solo tiene una pequeña parte de la propiedad.

La edificación tiene otros usos dedicados a actividades aparte del centro durante las tandas de docencia. En la edificación funciona otra institución de carácter educativo además del centro (por ejemplo, instituto técnico).

En la edificación solo funciona el centro educativo evaluado.

2. Propiedad 0 0.5 1 1.5

El centro funciona en un local sin alquiler formal ni propiedad.

El centro funciona en un local alquilado a corto plazo El centro funciona en un local con un contrato de alquiler a largo plazo.

El centro funciona en un terreno y edificación propios.

3. Estructura 0 0.5 1.5 2

La edificación está tan deteriorada o es tan frágil que representa un peligro importante

para los estudiantes y el personal.

La edificación presenta deterioro evidente por exposición al ambiente, la inspección refleja fragilidad, grietas fácilmente visibles.

La edificación está medianamente deteriorada, sin pintura en varios puntos y grietas pequeñas.

La estructura del centro presenta solidez, sin daños o grietas visibles. No se evidencia deterioro.

4. Pisos 0 0.5 1.5 2

El piso presenta mucho deterioro o es de tierra en todos o varios puntos.

Los pisos no son lisos en toda la edificación, presenta algunos desniveles o cierto deterioro. Los pisos son lisos, de material no resbaladizo, aunque presenta ligeros daños y algunos desniveles Los pisos son lisos, de material no resbaladizo, sin desniveles o daños,

y en ningún caso de tierra.

5. Techos 0 0.5 1.5 2

Varias o todas las aulas no disponen de techo.

Los techos se encuentran dañados e impiden el funcionamiento de otros componentes,

sistemas o funciones del centro.

Los techos se encuentran algo dañados pero permiten el funcionamiento de otros componentes o funciones del centro. Los techos no se encuentran dañados o su daño es mínimo y no impide su funcionamiento

o el de otros componentes, sistemas o funciones.

6. Verja perimetral 0 1 1 1.5

El centro no dispone de verja perimetral. La verja perimetral no rodea por completo

la edificación, tiene entre menos de 1.5 metros, presenta daños, rupturas o grietas visibles en algunas secciones. La verja perimetral rodea por completo la edificación, pero tiene entre 1 y 1.5 metros, presenta daños, rupturas menores o grietas en algunas secciones.

La verja perimetral rodea por completo

la edificación con una altura mínima de 1.5 metros, de material seguro, sin rupturas, daños o grietas.

Descripción Inexistente Insuficiente Competente Destacado

7. Patio 0 1 1 2

El centro no dispone de patio o este es tan pequeño que no permite su uso para recreación o deportes.

El terreno del área de recreación o patio es muy pequeño, con varios desniveles y poco espacio para cada niño

o niña que lo utilice. El terreno del área de recreación o patio es pequeño, con algunos desniveles ligeros y espacio justo para cada niño o niña que lo utilice. El área de recreación o patio cuenta con terreno limpio y

sin desniveles, con espacio suficiente para cada niño o niña que lo utilice.

8. Iluminación 0 0.5 1.5 2

Todas las aulas

y dependencias administrativas carecen de iluminación adecuada.

La iluminación causa problemas en la mayoría de aulas del centro o sus dependencias administrativas.

La iluminación causa dificultades en algunas aulas,

zonas de las mismas o dependencias administrativas

de manera que se dificulta leer la pizarra o los libros/cuadernos. La iluminación

en todas las aulas y dependencias administrativas es adecuada, de manera que se puede leer la pizarra y los libros/ cuadernos sin dificultades.

(Si se dispone de instrumento de medición,

400 luxes es lo apropiado para aulas y oficinas).

9. Baños 0 0.5 1 2

El centro no dispone de baños con inodoros y lavamanos.

Los baños no son independientes para hembras y varones. Los baños son independientes para hembras y varones, teniendo menos de un (1) inodoro por cada 40 varones y 30

hembras, un (1) orinal por cada 60 varones y un (1) lavamanos por cada 30 estudiantes Los baños son independientes para hembras y varones, disponiendo de un (1) inodoro por cada 40 varones y 30 hembras, un (1) orinal por cada

60 varones y un (1)

lavamanos por cada

30 estudiantes

10. Agua potable 0 0.5 1 2

El centro no dispone de ninguna fuente de agua potable.

El centro no dispone de agua potable permanente o la misma llega a través de compra informal de agua.

El centro dispone

de agua extraída del

subsuelo o con una

cisterna alimentada

por agua del subsuelo. El centro dispone de suministro permanente de agua potable conectado

a las líneas de acueducto. El centro dispone de cisterna alimentada por la red de acueductos.

Descripción Inexistente Insuficiente Competente Destacado

11. Electricidad 0 0.5 1 1.5

El centro no cuenta con suministro de electricidad.

El centro cuenta con suministro de electricidad intermitente,

sin contrato con la institución distribuidora.

El centro cuenta con suministro de electricidad solo de la red de suministro de la distribuidora. El centro cuenta con suministro permanente de electricidad con una fuente de suministro de emergencia (inversor o planta).

12. Ruidos 0 0.5 1 1.5

El ruido exterior impide totalmente el desarrollo de

las actividades educativas durante toda o casi toda la jornada de clases.

El ruido externo dificulta el correcto desenvolvimiento de las actividades del centro. Las

actividades docentes y administrativas se ven constantemente interrumpidas por los ruidos. El ruido externo al centro no dificulta el desarrollo correcto de las actividades

(en caso de ser superiores se toman medidas especiales como pantallas de vegetación u otros medios diseñados para tales fines).

No existen fuentes de ruido externo en los alrededores del centro educativo.

13. Peligros potenciales 0 0.5 1 1.5

A menos de

100 metros del

centro se ubican

establecimientos

como: prostíbulos,

centros de

juego de azar,

mataderos, talleres,

vertederos de

basuras, estaciones

de autobuses,

estaciones de

gasolina.

El Centro Educativo está ubicado cerca de prostíbulos, centros de juego

de azar, mataderos, talleres, vertederos de basuras, estaciones de autobuses, estaciones de gasolina.

El Centro Educativo está algo alejado de prostíbulos, centros de juego de azar, mataderos, talleres, vertederos de

basuras, estaciones de autobuses, estaciones de gasolina (por lo menos 400 metros). El Centro Educativo está a 500 metros de prostíbulos, centros de juego

de azar, mataderos, talleres, vertederos de basuras, estaciones

de autobuses, estaciones de gasolina y otros lugares con potenciales peligros.

14.Aulas 0 0.5 1 1.5

Debido a las dimensiones de las aulas algunos

estudiantes deben quedar fuera o recibir clases de pie.

Las dimensiones de por lo menos la mitad de las aulas son menores a la cantidad de estudiantes que asisten al grado.

Los alumnos no están cómodamente ubicados dentro de las aulas, quedando muy cerca

de la mesa del docente o con las filas laterales muy pegadas.

Las dimensiones de algunas impiden que todos los estudiantes estén cómodamente ubicados dentro de las aulas, quedando muy cerca de la mesa del docente o con

las filas laterales muy pegadas. Las dimensiones de todas las aulas son apropiadas

a la cantidad de estudiantes por grado.

(Todos los estudiantes caben dentro del aula, quedando un espacio de por lo menos un metro entre el escritorio del docente y la primera

fila de alumnos. (La dimensión estándar es

50.4 m2). Las filas están separadas lateralmente).

Descripción Inexistente Insuficiente Competente Destacado

15. Aulas 0 0.5 1 1.5

En un aula funciona más de un grado por tanda debido

a que no tiene paredes que las separen.

Varias aulas no tienen una pared completa que las separa de las otras, teniendo que pasar por un aula para salir al pasillo Algunas aulas

tienen una pequeña

abertura en la pared

que no permite una

separación total de las

otras aulas.

Funciona solo un grado por tanda.

Todas las aulas son independientes una de otra, teniendo paredes completas que las separan.

Funciona solo un grado por tanda.

16.Higiene 0 0.5 1 1.5

En el centro existe falta de higiene que ponen en peligro

la salud de los estudiantes y de personal.

En varias o todas las áreas del centro se evidencia falta de higiene, con basura y/o suciedad acumulada cerca de las aulas u oficinas administrativas. En la mayoría de áreas del centro se evidencia una

limpieza ambiental apropiada. El área para depositar la basura está algo alejada de las

aulas y oficinas administrativas.

En todas las áreas del centro se evidencia una limpieza ambiental apropiada. El área para depositar la basura está alejada de las aulas y oficinas administrativas.

17. Biblioteca 0 0.5 1 1.5

El centro no dispone de biblioteca. El centro dispone de una biblioteca muy pequeña con

estanterías insuficientes para la exhibición

y resguardo de los volúmenes, quedando algunos de ellos almacenados en condiciones de polvo y humedad. El centro dispone de una biblioteca pequeña con estanterías suficientes para la exhibición

y resguardo de los volúmenes usados en el centro. Posee sillas

y mesas de trabajo para la mitad de estudiantes

El centro dispone de una biblioteca con estanterías suficientes para la exhibición y resguardo de todos los volúmenes usados en el centro. Posee sillas

y mesas de trabajo en buenas condiciones para los estudiantes.

18.Dependencias administrativas 0 0.5 1 1.5

El centro no dispone de dependencias administrativas donde funcionen la dirección y

secretaria docente.

El centro dispone de dependencias administrativas muy pequeñas (dirección

y secretaría docentes, entre otras) pero no están ubicadas en la parte frontal y presenta interferencias para su acceso. El centro dispone de dependencias administrativas indispensables (dirección y secretaría docentes, entre

otras) pero no están ubicadas en la parte frontal o presenta interferencias para su acceso.

El centro dispone de dependencias administrativas indispensables (dirección y secretaría docentes, entre otras) ubicadas en la parte frontal y libre de interferencias.

19.Puertas 0 0.5 1 1.5

Las aulas no disponen de puertas o estas presentan niveles de deterioro que representan un peligro para los estudiantes.

Las puertas de los salones presentan daños o pintadas claramente visibles

y solo abren hacia el interior sin elemento que las sujeta.

Las puertas de los salones presentan ligeros daños o pintadas y solo abren hacia el interior con un elemento que las sujeta. Las puertas de los salones no presentan daños o pintadas, abren hacia el exterior o si abren hacia el interior deben tener un elemento que las mantenga abiertas en horario de clases

Descripción Inexistente Insuficiente Competente Destacado

20.  Ventanas 0 0.5 1 1.5

Todas o la mitad de las aulas no disponen de ventanas.

Las ventanas están

en malas condiciones que impiden su funcionamiento.

Las ventanas son de vidrio, madera o aluminio, en

condiciones regulares según una inspección visual. Las ventanas son

de vidrio, madera o aluminio, en buenas condiciones según una inspección visual y sin presencia de insectos.

21. Cafetería 0 0.5 1 1.5

El centro no dispone de

cafetería o presenta problemas de higiene que arriesgan la salud

de los estudiantes.

El servicio de cafetería tiene problemas de higiene o grandes problemas de organización.

Brinda servicio de cafetería con la higiene adecuado, pero un poco desorganizado.

Brinda servicio de cafetería con la

higiene y organización adecuada.

22.  Ventilación 0 0.5 1 1.5

La falta de ventilación

provoca problemas importantes. La ventilación

es un problema importante en las aulas y dependencias administrativas.

Algunas dependencias solo tienen una ventilación moderada

Todas las aulas y otras dependencias tienen ventilación apropiada.

23.  Condiciones de Acceso 0 0.5 1 1.5

La planta física no ofrece condiciones de acceso y desplazamiento

de seguridad a las personas con discapacidad

o limitaciones temporales. La planta física no ofrece detalles arquitectónicos con elementos de seguridad para el acceso y desplazamiento de

personas con discapacidad o limitaciones temporales. Solo tiene señalizaciones, pero no presenta obstáculos que pudieran provocar accidentes a

estas personas. La planta física ofrece algunos elementos

de seguridad para el acceso y desplazamiento de personas con discapacidad o limitaciones temporales: rampas, y señalizaciones, pero no presenta obstáculos que pudieran provocar accidentes a estas personas.

La planta física ofrece seguridad para el acceso y desplazamiento

de personas con discapacidad o limitaciones temporales: rampas, ascensor, señalizaciones, barras

en baños, pasamanos en escaleras.

24.  Plan de Contingencia a Terremoto e Incendio 0 0.5 1 1.5

El Centro Educativo no tiene una ruta

de evacuación definida.

El Centro Educativo no tiene definida totalmente una ruta de evacuación.

En el Centro Educativo existe una ruta de evacuación sin

espacio definido e identificado como punto de reunión. En el Centro Educativo existe un plan de contingencia ante terremoto e incendios con una ruta exclusiva de evacuación con puntos de reunión,

que se visualiza e identifica plenamente en todas las áreas de

la edificación.

Dimensión Puntaje máximo Puntaje obtenido

Planta física 40

PLANIFICACIÓN, ORGANIZACIÓN Y CONTROL

Criterios Inexistente Insuficiente Competente Destacado

25.  PEC 0 1 2 2.5

El Centro no dispone de un Proyecto Educativo de Centro (PEC)

Al Proyecto Educativo de Centro (PEC) le falta dos de los siguientes componentes:

filosofía (misión, visión y valores); contexto institucional, social y cultural

o evidencia de participación de la comunidad educativa en su elaboración. Al Proyecto Educativo de Centro (PEC) le falta uno

de los siguientes componentes: filosofía (misión, visión y valores); contexto institucional, social y cultural o evidencia de participación

de la comunidad educativa en su elaboración.

La institución cuenta con un Proyecto Educativo de Centro (PEC) que contiene la filosofía (misión, visión y valores) que guía su actuación, situándola en su contexto institucional, social y cultural, elaborada con la participación de la comunidad educativa, fundamentadas en

la Ley General de

Educación.

26.  Planificación curricular 0 1 2 2.5

En el centro no se realiza planificación curricular. La dirección posee la planificación curricular de menos de la mitad de los docentes o la misma no está elaborada por competencias. La dirección posee la planificación curricular de por lo menos la mitad de los docentes y la misma está elaborada por competencias.

La dirección posee la planificación curricular de todos los docentes y la misma está elaborada por competencias.

27.  POA 0 0.5 1.5 2

En centro no dispone de un Plan Anual de Actividades.

El Plan Anual de actividades del Equipo de Gestión solo identifica actividades sin fechas ni responsables. El Plan Anual de actividades del Equipo de Gestión establece las actividades de forma clara, pero sin indicar responsables o

fechas específicas de actividades.

El equipo de gestión cuenta con un Plan Anual de Actividades que establece claramente las actividades, tiempos y responsables para su ejecución.

28.  Perfil del director 0 0.5 1.5 2

El director no posee titulación ni estudios en

el campo de la educación.

El director no posee las titulación, experiencia

o formación requerida en el reglamento aplicable, pero ha cursado créditos en el área de educación.

El director posee la titulación requerida para

casos excepcionales, aunque cuenta con la experiencia y cursos complementarios citados en el reglamento aplicable.

El director posee la titulación, experiencia y cursos complementarios

en el área aplicable según se requiere en el reglamento vigente.

Criterios Inexistente Insuficiente Competente Destacado

29.  Reglamento 0 0.5 1.5 2

El centro no dispone de reglamento documentado En el reglamento del centro faltan dos de los siguientes elementos: deberes, derechos y régimen disciplinario de los estudiantes. En el reglamento del centro falta uno de los siguientes elementos: deberes, derechos y régimen disciplinario de los estudiantes.

El reglamento del centro contiene los deberes, derechos y régimen disciplinario de los estudiantes.

30.  Registros 0 0.5 1.5 2

El centro no dispone de registros. Los registros no son los establecidos por MINERD, pero están completados de la forma establecida.

Los registros presentan varias tachaduras o borrones, con muchas secciones de asistencia o calificaciones sin registrar. Los registros de grado son los establecidos por el MINERD, trabajadas las calificaciones con tinta azul y negra,

sin tachaduras, registrando las asistencias tanto diarias como mensuales, aunque algunos registros están incompletos.

Los registros de grado son los establecidos por el MINERD, trabajadas las calificaciones con tinta del mismo color y sin tachaduras, registrando las asistencias tanto diarias como mensuales y con

las firmas de los profesores en las distintas secciones.

31. Seguimiento a la planificación 0 0.5 1.5 2.5

No se realiza seguimiento de los contenidos impartidos.

El director y/o coordinador dan seguimiento solo de forma esporádica

a la ejecución de la planificación de los contenidos curriculares sin guardar evidencia.

El director y/o coordinador hacen seguimiento varias veces en el año, pero no de forma periódica o según un programa El director y/o coordinador dan seguimiento de forma periódica a la ejecución de la planificación

de los contenidos curriculares y se conserva evidencia.

32.  Documentación 0 0.5 1.5 2.5

El centro no dispone de los documentos que contiene el

currículo vigente, el Sistema de Evaluación o la Ley de educación vigente.

Al centro le faltan uno o varios de los documentos que contiene el currículo vigente, el Sistema de Evaluación o la Ley de educación vigente. El centro posee los documentos que contiene el currículo vigente, incluyendo un Sistema de Evaluación para

casi todos los grados o completo que no evidencia completamente

el enfoque por competencia, así como la Ley de educación vigente.

El centro posee los documentos que contienen el currículo vigente, incluyendo un Sistema de Evaluación por competencias,

así como la Ley de educación vigente.

Criterios Inexistente Insuficiente Competente Destacado

33.  Estructura organizativa 0 0.5 1 2

El centro educativo no

tiene organigrama ni unidades funcionales con roles definidos.

El centro educativo tiene un organigrama con roles definidos, con relaciones operativas solapadas.

El centro educativo tiene un organigrama con roles definidos y procedimientos poco explícitos para operar. El centro educativo tiene un organigrama que define unidades funcionales y relacionadas para una gestión especializada

Dimensión Puntaje máximo Puntaje obtenido

Planificación,  organización y control 20

GESTIÓN PEDAGÓGICA

Descripción Inexistente Insuficiente Competente Destacado

34.  Carga académica y horaria 0 0.5 1.5 2

La carga académica y los periodos de clase no se corresponde con la de ningún nivel. Los horarios de clases de varios grados tienen muchos incumplimientos

con respecto a la carga académica y los periodos de clase correspondiente al nivel. Los horarios de clases de algunos grados tienen pequeños incumplimientos con respecto a la carga académica y a los periodos de clase correspondiente al nivel.

Los horarios de clases de todos los grados

se corresponden con la carga académica y los periodos de clase correspondiente al nivel.

35.  Docentes 0 1 2 3

Menos del 50% del personal docente es titulado en educación o el restante no es estudiante de término de la carrera.

Entre el 50% y el

80% del personal

docente es titulado

en educación o

el restante no es

estudiante de término

de la carrera.

El 80% del personal docente es titulado en educación y

el 20% restante estudiante de término de la carrera.

Mínimo el 80% del personal docente es titulado en educación y el 20% restante estudiante de término de la carrera de las áreas y/o nivel en que se desempeñan.

36.  Actividades 0 0.5 1 2

Casi ninguna o ninguna actividad implementada de la planificación

es coherente con las competencias propuestas en el plan de clases. Por lo menos la mitad de las actividades implementadas de

la planificación no son coherentes con las competencias propuestas en el plan de clases.

Algunas de las actividades implementadas de la planificación no son coherentes con las competencias

propuestas en el plan de clases.

Las actividades implementadas

de la planificación son coherentes con las competencias propuestas en el plan de clases.

Descripción Inexistente Insuficiente Competente Destacado

37.  Corrección 0 0.5 1 1.5

Los docentes no corrigen

las actividades asignadas.

El docente corrige menos de tres cuartas partes de las actividades asignadas

(Tómese una muestra y realice el cálculo) El docente corrige como mínimo tres cuartas partes

de las actividades asignadas

(Tómese una muestra y realice el cálculo)

El docente corrige todas las actividades asignadas a los estudiantes.

(Tómese una muestra y realice el cálculo).

38.  Evaluaciones 0 0.5 1.5 2.5

Ninguna evaluación de los estudiantes se define en atención al proceso curricular.

Menos de la mitad de las evaluaciones de los estudiantes se definen en atención al proceso curricular.

La mayoría de las evaluaciones de los estudiantes se

definen en atención al proceso curricular. Todas o casi todas las evaluaciones de los estudiantes se definen en atención al proceso curricular.

(Tomar muestra)

39.  Retroalimentación 0 0.5 1 1.5

Las autoridades y/o docentes

del centro no comunican a los padres acerca del rendimiento y comportamiento de sus hijos/as.

Las autoridades y/o docentes del centro comunican a los padres acerca del rendimiento y

comportamiento de sus hijos/as cuando sea necesario de manera esporádica.

Las autoridades y/o docentes del centro comunican a los padres acerca del rendimiento y

comportamiento de sus hijos/as cuando sea necesario. Las autoridades y/o docentes del centro comunican a los padres acerca del rendimiento y comportamiento de sus hijos/as a

intervalos planificados y siempre que sea necesario.

40.  Comunicación 0 0.5 1 1.5

El centro educativo cuenta con mecanismos de información insuficientes

para lograr

sus propósitos educativos.

El centro educativo cuenta con mecanismos

de información ocasionales.

El centro educativo cuenta con mecanismos

de información sistemáticos desde una visión centralizada. El centro educativo cuente con mecanismos

de información sistemáticos y oportunos sobre el desarrollo curricular.

Potencia la participación de los diferentes actores en los procesos de aprendizaje y en la

gestión democrática del currículo.

Descripción Inexistente Insuficiente Competente Destacado

41.Proyectos 0 0.5 1 1.5

El centro educativo no vincula

el desarrollo curricular con las problemáticas del contexto.

El centro educativo integra tiene planes para vincular el desarrollo curricular con las problemáticas del contexto El centro educativo integra ocasionalmente actores y organizaciones relevantes de

la comunidad a fin de promover aprendizajes curriculares situados en la realidad. El centro educativo tiene vínculos sistemáticos

con actores y organizaciones relevantes de

la comunidad a fin de promover aprendizajes curriculares situados en la realidad.

42.  Recursos 0 0.5 1 1.5

El centro educativo no cuenta con materiales didácticos.

El centro educativo cuenta con escasos materiales didácticos para el aprendizaje de los estudiantes. El centro educativo utiliza creativamente objetos y medios

del entorno como recursos para promover el

aprendizaje d ellos estudiantes. El centro educativo cuenta con los materiales y

medios didácticos e informáticos necesarios para el aprendizaje de los estudiantes.

43.  Agrupamientos 0 0.5 1 1.5

La organización tradicional en fila es la única que se observa en el aula.

Excepcionalmente, se observan formas de organización diferentes: semi círculo, parejas, círculos... En un 50% de las aulas se observa formas de organización diferentes: semi círculo, parejas, círculos...

Se observan diferentes formas de agrupamiento en las aulas para potenciar diferentes maneras de aprender en el aula.

44.  Acompañamiento

Pedagógico 0 0.5 1 1.5

El centro educativo no tiene plan de acompañamiento ni lleva a cabo procesos para

la mejora de la práctica docente.

El centro educativo no tiene un plan de acompañamiento docente. Se observan clases con poco o ningún seguimiento a los desafíos derivados de la observación. El centro educativo presenta evidencias de que desarrolla observaciones

de clases y las retroalimenta. Lleva a cabo acciones

de capacitación en algunos momentos del año escolar. El centro educativo desarrolla un programa sistemático para la mejora docente, enfocado

en las necesidades formativas individuales y colectivas de su personal.

Dimensión Puntaje máximo Puntaje obtenido

Gestión pedagógica 20

MOBILIARIO Y EQUIPOS

escritorio y asientos

Descripción Inexistente Insuficiente Competente Destacado

48.  Materiales 0 1 2 3

El centro no dispone de materiales didácticos para los alumnos.

Los materiales y recursos didácticos utilizados no son apropiados a los niveles y contenido en que se utilizarán o presentan deterioro importante (tomar muestras según procedimiento estandarizado).

Algunos materiales

y recursos didácticos utilizados no son apropiados a los niveles y contenido en que se utilizarán

o presentan algún deterioro (tomar muestras según procedimiento estandarizado).

Los materiales y recursos didácticos utilizados son apropiados a los niveles y contenido en que se utilizarán (tomar muestras

según procedimiento estandarizado).

49.  Archivadores 0 0.25 0.5 1

El centro no dispone de archivadores ni otros medios similares para guardar los expedientes de los estudiantes y los documentos del centro.

El centro dispone de archivadores que solo permite conservar

los documentos de la operación del centro o de los expedientes de los estudiantes.

El centro dispone de archivadores para

la protección de los documentos de la operación del centro y expediente de los estudiantes, aunque estos quedan muy apretados.

El centro dispone de archivadores suficientes para la protección de los documentos de la operación del centro y expediente de los estudiantes.

Dimensión Puntaje máximo Puntaje obtenido

Mobiliario y equipos 10

PARTICIPACIÓN Y LIDERAZGO

Descripción Inexistente Insuficiente Competente Destacado

50.  Asociación de padres, madres y amigos OD 09-2000 0 0.5 1.5 2

No existe una Asociación de padres, madres y amigos de la escuela

La Asociación de padres, madres y amigos de la escuela está constituida en papel, pero no se ha reunido o lo ha hecho de forma esporádica.

La Asociación de padres, madres y amigos de la escuela está constituida y se ha reunido con cierta frecuencia. La Asociación de padres, madres y amigos de la escuela está constituida, se ha reunido de acuerdo con un calendario

de reuniones y actividades.

Descripción Inexistente Insuficiente Competente Destacado

51. Escuela de padres y madres OD 11’98 0 0.5 1.5 2

No existe una Escuela de padres y madres de la escuela El centro ha implementado la está Escuela de padres y madres de la escuela constituida en papel, pero no se ha reunido

o lo ha hecho de forma esporádica.

El centro ha implementado la Escuela de padres y madres de la escuela está constituida y se reunido con cierta frecuencia.

El centro ha implementado la Escuela de padres y madres de la escuela está constituida, se ha reunido de acuerdo con un calendario

de reuniones y actividades.

52.  Consejos estudiantiles 0 0.5 1.5 2

No existen los consejos de curso y/o estudiantiles.

Los Consejos de Curso y/o estudiantiles están constituidos en unos pocos cursos.

Solo están constituido los Consejos de Curso en todos los cursos.

El Consejo Estudiantil y los Consejos de Curso están constituidos según sea aplicable.

53.  Asamblea 0 0.5 1.5 2

No existen Asambleas en el centro.

La Asamblea General del centro está conformada y se reúne una o ninguna vez al año.

La Asamblea General del centro está conformada y se reúne por lo menos dos veces al año. La Asamblea General del centro está conformada y se reúne por lo menos dos

veces al año con la participación de todos sus miembros.

54.  Clima escolar 0 0.5 1.5 2

Ambiente poco receptivo a la mejora. No se evidencia sentido de pertenencia como comunidad educativa.

Se percibe un deseo

de mejora institucional en el equipo directivo, aunque se observa limitaciones para manejar la resistencia

al cambio

Se perciben un ambiente receptivo

al cambio y la mejora. Pocas oportunidades para el desarrollo de liderazgo distribuido. Se percibe un ambiente de apertura al cambio, acogida

y pertenencia institucional a los diferentes actores

del centro educativo. Liderazgo distribuido, y cultura de aprendizaje de todos los sujetos educativos.

Dimensión Puntaje máximo Puntaje obtenido

Participación y liderazgo 10

Resumen total

Dimensión Puntaje máximo Puntaje obtenido

Planta física 40

Planificación, organización y control 20

Gestión pedagógica 20

Mobiliario y equipos 10

Participación y liderazgo 10

Total 100

Se recomienda al Distrito Educativo darle seguimiento a los Centros Educativos

DATOS GENERALES

Observaciones:

Nombres y Apellidos del Técnico Supervisor

Firma del técnico Supervisor

Área

Firma del Director (a) de Distrito

Lugar

Fecha _

Nombres y Apellidos del Director del Centro Educativo y sello del Centro Educativo

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