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Decreto 28-26 ampliacion parque Zona Franca de Jacagua




Dec. núm. 28-26 que autoriza la ampliación del Parque Multimodal San Francisco de Jacagua y modifica el artículo 2 del del Decreto núm. 38-23. Dispone que dicho parque funcionará en 17 porciones de terrenos con un área total de 123,764.15 mt2. G. O. núm.

11228 del 16 de enero de 2026.





LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana




NÚMERO: 28-26




CONSIDERANDO: Que el establecimiento de las zonas francas de exportación en diferentes tugares del país, así como la ampliación de las ya existentes, ha contribuido eficazmente a la rehabilitación de la economía de aquellas demarcaciones donde operan y funcionan.


CONSIDERANDO: Que es una tarea prioritaria del Estado dominicano continuar impulsando el desarrollo y crecimiento sostenido de los sectores industriales y de zonas francas en el país.


CONSIDERANDO: Que es función del Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación conocer las diferentes solicitudes de las empresas autorizadas a operar bajo el régimen de incentivos de la Ley núm. 8-90, del 15 de enero de 1990, que fomenta el establecimiento de zonas francas nuevas y el crecimiento de las existentes.


CONSIDERANDO: Que la Ley núm. 8-90, en su artículo 19, literal a), establece como funciones del Consejo: conocer, evaluar y recomendar al Poder Ejecutivo la instalación de zonas francas de exportación.


CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto núm. 38-23, del 13 de febrero de 2023, el Poder Ejecutivo autorizó a la empresa operadora PARQUE SAN FRANCISCO DE JACAGUA, S.R.L., a desarrollar y operar el parque de zonas francas denominado PARQUE MULTIMODAL SAN FRANCISCO DE JACAGUA, en un área de ciento trece mil setenta y cuatro punto sesenta y siete metros cuadrados (113,074.67 m2), ubicada en el kilómetro 8 de la avenida Circunvalación Norte, municipio y provincia Santiago, República Dominicana.


CONSIDERANDO: Que el 4 de noviembre de 2025, la empresa operadora PARQUE SAN FRANCISCO DE JACAGUA, S.R.L., solicitó al Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación la autorización correspondiente para ampliar los terrenos del Parque de Zonas Francas denominado PARQUE MULTIMODAL SAN FRANCISCO DE JACAGUA mediante la incorporación de una (1) porción de terreno adicional con un área de diez mil seiscientos ochenta y nueve punto cuarenta y ocho metros cuadrados (10,689.48 m2), que en conjunto totalizan (17) porciones de terrenos, con un área conjunta de ciento veintitrés mil




setecientos sesenta y cuatro punto quince metros cuadrados (123,764.15 m2), ubicadas en el kilómetro 8 de la avenida Circunvalación Norte, municipio y provincia Santiago, República Dominicana.


CONSIDERANDO: Que la ampliación de dicha zona franca representa un esfuerzo del sector privado para contribuir a la solución del desempleo y el desarrollo industrial del municipio de Santiago y poblados aledaños.


CONSIDERANDO: Que el Consejo Directivo del Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación, at ponderar dicha solicitud en sesión celebrada el 10 de diciembre de 2025, decidió acogerla favorablemente, emitiendo al efecto la Resolución núm. 6-25-MP de la misma fecha, mediante la cual aprobó la solicitud presentada y recomendó al Poder Ejecutivo autorizar la ampliación del Parque Multimodal San Francisco de Jacagua.


VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024. VISTA: La Ley núm. 8-90, de Fomento de Zonas Francas, del 15 de enero de 1990. VISTO: El Decreto núm. 38-23 del 13 de febrero de 2023.

VISTA: La solicitud formulada por la empresa operadora PARQUE SAN FRANCISCO DE JACAGUA, S.R.L., del 4 de noviembre de 2025.


VISTA: La Resolución núm. 6-25-MP, emitida por el Consejo Directivo del Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación en fecha 10 de diciembre de 2025, mediante la cual se aprobó la solicitud presentada por la empresa PARQUE SAN FRANCISCO DE JACAGUA, S.R.L., y se recomendó al Poder Ejecutivo autorizar la ampliación del PARQUE MULTIMODAL SAN FRANCISCO DE JACAGUA.


En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de 1a Constitución de la

República Dominicana, dicto el siguiente


DECRETO:


ARTÍCULO 1. Se autoriza la ampliación del PARQUE MULTIMODAL SAN FRANCISCO DE JACAGUA, en consecuencia, se modifica el artículo 2 del Decreto núm.

38-23, del 13 de febrero de 2023, para que en lo adelante se lea de la siguiente manera:


“ARTÍCULO 2. El parque de zona franca denominado PARQUE MULTIMODAL SAN FRANCISCO DE JACAGUA funcionará en diecisiete (17) porciones de terrenos cuyas designaciones catastrales y áreas individuales, así como su área total conjunta de ciento veintitrés mil setecientos sesenta y cuatro punto quince metros cuadrados (123,764.15 m2), se detallan en el cuadro que figura a continuación, el cual forma parte integral del presente decreto.




PorciónDesignación CatastralÁrea de terreno en (m2)

13125184833142,990.14

23125184719562,041.77

33125184706362,060.59

43125183793052,073.1 I

53125183770752.081.61

63125183667552,090.81

73125183654242,103.44

83125183631942,112.36

93125183528742,112.83

103125183515442,115.96

113125183502142,123.92

123125182488482.961.51

133125181487982,601.14

143125184608995,643.59

1531251846437144,779.33

1631251844026033.182.56

1731251856398910.689.48

TOTAL123,764.15”


ARTÍCULO 2. Se mantienen vigentes e inalterados, en todos sus efectos, aquellas disposiciones contenidas en el Decreto núm. 38-23, del 13 de febrero de 2023, que no hayan sido modificadas por medio del presente decreto.


ARTÍCULO 3. Envíese al Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes y al Consejo

Nacional de Zonas Francas de Exportación, para su conocimiento y ejecución.


DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República

Dominicana, a los quince (15) días del mes de enero del año dos mil veintiséis (2026); año

182 de la Independencia y 163 de la Restauración.





LUIS ABINADER


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