Ordenanza Resolución DDG-AR1-2025-00007 Multiplicadores por Inflacion
Resolución Núm. DDG- AR1-2025-00007
LA DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS en el ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley, dicta la siguiente:
RESOLUCIÓN INFORMATIVA DE MULTIPLICADORES Y AJUSTES PARA EL CIERRE FISCAL DE SEPTIEMBRE 2025
PRIMERO: Multiplicador para el ajuste por inflación. En cumplimiento con lo establecido en el Artículo 327 del Código Tributario de la República Dominicana y el Artículo 105 del Reglamento No. 139-98 del Impuesto Sobre la Renta, esta Dirección General avisa que, según información suministrada por el Banco Central de la República Dominicana, el Multiplicador del Ajuste por Inflación para el ejercicio fiscal cerrado al 30 de septiembre de 2025 será de 1.0376.
SEGUNDO: Tasas de cambio para el tratamiento de las diferencias cambiarias. En cumplimiento con las disposiciones establecidas en el Artículo 293 del Código Tributario de la República Dominicana, y los Artículos 108 y 109 del Reglamento No. 139-98 del Impuesto Sobre la Renta, se informa que, para realizar las diferencias cambiarias del ejercicio fiscal cerrado al
30 de septiembre de 2025, las tasas de cambio que deberán utilizarse según información
suministrada por el Banco Central de la República Dominicana serán las siguientes:
RD$ /US$: 62.2362
RD$ /EUR$: 73.0715
TERCERO: Tabla de multiplicadores para el ajuste por inflación de los activos de capital. En cumplimiento con disposiciones del Artículo 289 del Código Tributario de la República Dominicana, a continuación, se transcribe la Tabla de los Multiplicadores para los años 1980-
2025, que servirán de base para la determinación del Valor Ajustado de los Activos de Capital para el ejercicio fiscal cerrado al 30 de septiembre de 2025.
Año
Multiplicador
1980 y años anteriores
130.8615
1981
122.6202
1982
107.6264
1983
102.3137
1984
81.9423
1985
57.0769
1986
54.4691
1987
46.9978
1988
30.4558
1989
22.6883
1990
14.1423
1991
10.6065
1992
10.2005
1993
9.7850
1994
8.8988
1995
7.9082
1996
7.6211
1997
6.9363
1998
6.7399
1999
6.4039
2000
5.6819
2001
5.3650
2002
5.0909
2003
3.8237
2004
2.5855
2005
2.4809
2006
2.3688
2007
2.2177
2008
1.9356
2009
1.9664
2010
1.8604
2011
1.6979
2012
1.6548
2013
1.5741
2014
1.5308
2015
1.5247
2016
1.5044
2017
1.4493
2018
1.4032
2019
1.3754
2020
1.3095
2021
1.2154
2022
1.1189
2023
1.0717
2024
1.0376
2025 1.0000
CUARTO: Se informa que para más información el contribuyente puede visitar nuestra página web www.dgii.gov.do y redes sociales (@dgiird) o llamar al teléfono 809-689-3444.
Dada en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de octubre del año dos mil veinticinco (2025).
LUIS VALDEZ VERAS
Director General
